Spanish Constitution


Tabla de Contenido

  1. Preambulo
  2. Definiciones
  3. ARTICULO UNO Lista Parcial de Derechos
    1. Vida
    2. Libertad
    3. Propiedad
    4. Privacía
    5. Niños
    6. Adolescentes
    7. Animales y otros seres
  4. ARTICULO DOS Agencias de Gobierno y Estructura de Poder
    1. Poder Judicial
      1. Definiciones
      2. El Otorgamiento de Justicia
      3. Los Derechos y Otorgamientos del Acusado en la Corte de Oceanía
      4. Los Derechos y Otorgamientos de Prisioneros
    2. Poder Ejecutivo
    3. Poder Legislativo
    4. Estructura de Poder en Oceanía
  5. ARTICULO TRES Poderes Especificamente Prohibidos al Gobierno
  6. ARTICULO CUATRO Seguridad Nacional
  7. ARTICULO CINCO Aborto
  8. ARTICULO SEIS Presupuestos del Gobierno
  9. ARTICULO SIETE Desarrollos Habitacionales
  10. ARTICULO OCHO Secesión, Adición, Reorganización
  11. ARTICULO NUEVE Enmiendas
  12. ARTICULO DIEZ Símbolos
  13. ARTICULO ONCE Sugerencias

Preambulo

Nosotros, los fundadores de Oceanía, no creemos en el origen de Fuerza o Fraude por el Gobierno o por otros. Como el pacifico delfín, creemos que esas acciones deben de utilizarse solo en defensa. Nosotros estamos en desacuerdo con aquellos Gobiernos que imitan al tiburón, utilizando Fuerza y Fraude para extraer riqueza y trabajo de otros.

Oceanía esta fundada en el principio de que la verdadera y propia función de el Gobierno es la de proteger a sus ciudadanos de Fuerza y Fraude. Este Gobierno estará limitado estrictamente para proveer esa protección.

Esta Constitución es el resultado de la colaboración de mucha gente que ha observado el deterioro o destrucción de sociedades basadas en otras constituciones. La Constitución de los Estados Unidos en particular, mientras que es un documento con inspiración, se ha demostrado a si misma lo suficientemente vaga como para permitir que su Gobierno pase leyes que claramente se contraponen al espíritu de Libertad en el que el alguna vez libre país se fundo. Es por eso que este documento es meticulosamente especifico sobre que poderes le corresponden a cada quien. Todos los poderes aquí mencionados son usurpados por Gobiernos en algún lugar de la tierra.

Incluso en este nivel de detalle, es imposible que cualquier documento contenga premisas para todas las condiciones que puedan surgir en el futuro. El progreso natural de todos los Gobiernos es el de obtener mayores poderes con el tiempo. Debe de quedar claro que bajo ninguna circunstancia puede el Gobierno creado por esta Constitución asumir cualquier poder o autoridad que no se le haya otorgado explícitamente aquí. Deseamos que cualquier crisis que pueda traer el futuro, la gente de Oceanía tenga tanta imaginación para resolverla con soluciones pacificas como Gobiernos históricos han tenido en encontrar soluciones despóticas.

Ha habido considerable debate sobre todo lo aquí expuesto, en particular sobre la necesidad de una Fuerza de defensa fundada por medio de impuestos. Creemos que hemos encontrado soluciones a estos temas consistentes con el espíritu de Libertad. Oceanía pondrá el ejemplo que esperemos el resto del mundo siga.

Definiciones

Las palabras con mayúscula en esta Constitución deben de ser interpretadas exactamente como están aquí definidas. El resto de el texto debe ser interpretado tal como esta escrito en lenguaje Ingles común en el momento de su adopción. Conflictos pueden ser resueltos utilizando el Webster's Third International Unabridged Dictionary of the English Language.[1][2]

Debe y tiene que indica compulsión legal. Debería indica sugerencia. Puede indica permiso. Incluye siempre significa "incluye pero no necesariamente se limita a". Las Recomendaciones no tienen la completa Fuerza de la ley.

Comentario en ciertas partes de la Constitución aparece en texto como este. Estas notas sirven para clarificar la intención de los autores o las razones detrás de algunas de las decisiones aquí tomadas. Estos comentarios tienen toda la Fuerza de ley.

Oceanía es el nombre de nuestro pacifico país.

Persona es cualquier ser humano nacido como tal de cualquier sexo, de cualquier raza, origen, o creencias que se encuentra actualmente en territorio de Oceanía o que se encontraba en tal territorio hasta que fue raptado en violación de la ley de Oceanía. Otros seres pueden ser considerados Personas por ley conforme sea necesario.

Entidad es cualquier corporación, club, negocio, fundación, caridad u otro tipo de organización, formado por cualquier propósito que se encuentra realizando negocios en Oceanía. Negocio es sinónimo con Entidad.

Un Oceanío es cualquier Persona o Entidad.

Derecho es una Libertad garantizada a todos los Oceanios. Estos incluyen Vida, Libertad, Propiedad, y Privacía. Los Derechos no solo se extienden a Personas, sino también a Entidades. Todos los Derechos de las Entidades son derivados de los Derechos personales, por lo tanto las Entidades no pueden tener Derechos que las Personas no también tengan.

Los Derechos son absolutos y no pueden ser restringidos o regulados por impuestos o licencias. Un Derecho NO implica la obligación de cualquier parte de proveer los medios de ejercitar ese Derecho.

Un Oceanío puede renunciar a un Derecho por medio de un Contrato. El Gobierno de Oceanía renuncia a todos los Derechos excepto por los que se le dan explícitamente en esta Constitución, su Contrato es con el pueblo.

Otorgamiento es una obligación positiva de un Oceanío de proveer algo a otro, o un Derecho que interfiere con los Derechos de otros.

A los prisioneros se les impide el ejercicio de algunos de sus Derechos, tal como el Derecho de Viajar, mientras que se encuentran en prisión o exilados. Como esto restringe la habilidad de el prisionero de proveer por si mismo, el prisionero tiene el Otorgamiento a comida, habitación y cuidado medico básico. Una vez que el prisionero ha sido liberado, TODOS sus Derechos le son restaurados. Esto incluye los Derechos de viajar, votar, hablar, poseer Armas, reunirse, etc.

Los Niños tienen algunas limitaciones en sus Derechos tal como el Derecho a la Defensa Propia, y tienen algunos Otorgamiento adicionales, tal como comida, habitación, cuidado medico y educación.

Privilegio es una acción que solo puede ser realizada con una Licencia de el Gobierno.

Licencia es el cuando el Gobierno otorga un Privilegio a un Oceanío. Los Oceanios no requieren de licencias para cualquier cosa que sea un Derecho.

Vida es un estado biológico de animación. Personas en estado inconsciente, de suspensión cryionica o mantenidas vivas por medios tecnológicos se consideran vivas y tienen todos los mismos Derechos de Personas conscientes.

Conforme avance la tecnología se presupone que una definición mas precisa de Vida y Muerte podrá ser puesta por la ley.

Libertad es la condición que existe cuando una Persona tiene control sobre su Vida individual y su Propiedad y donde todos sus Derechos son protegidos.

Propiedad son las pertenencias materiales e intelectuales de un Oceanío. Propiedades materiales incluyen tierra, Contratos y efectos Personales. Pertenencias intelectuales incluyen patentes y Derechos de autor.

Privacía es la expectativa de una Persona de no ser sujeta a escrutinio publico de sus asuntos personales.

Armas son dispositivos tecnológicos utilizados en defensa. Estas incluyen, mas no se limitan a Armas de fuego, artillería, trampas, minas, gas lacrimógeno, y todos los dispositivos de este tipo que sean inventados en el futuro.

Un Niño es un humano menor de doce años de edad. Los Niños son un caso especial en muchas leyes que de otro modo son aplicables a todas las Personas. Esta edad fue elegida estudiando tradiciones de culturas antiguas.

Un Adolescente es un humano que se encuentra entre trece y diecisiete años de edad.

Un Adulto es un humano mayor de dieciocho años. Las edades de Niños, Adolescentes y Adultos pueden variar con diferentes especies según la ley lo defina. Una Persona puede ser declarada Niño o Adolescente por una Corte.

Un Tutor es un Adulto que ha asumido la responsabilidad de cuidar de un Niño. Estos pueden no ser los padres biológicos de un Niño.

Un Cónyuge es uno de dos o mas Oceanios que han firmado un Contrato de matrimonio.

El Pariente mas Cercano de un Oceanío puede ser definido por ley.

Un Contrato es un acuerdo que se puede hacer valer entre dos o mas Oceanios, ya sea escrito u oral.

Un Contrato Implícito es un Contrato implicado por las acciones de una Persona. Por ejemplo, la propaganda y etiquetas en un producto son consideradas un Contrato Implícito entre el vendedor y su cliente. También, tener contacto sexual con otra Persona es un Contrato Implícito prometiendo que esa persona no causara daño a través de la transmisión de enfermedades que sabe que puede transmitir a menos que esas enfermedades hayan sido reveladas a los involucrados.

Fuerza es un acto físico por uno o mas Oceanios que es destructivo a los Derechos de otros. La amenaza de ejecutar tal acto también se considera Fuerza.

Fraude es un engaño intencional a otro Oceanío buscando que este parta con su propiedad o renuncie a un Derecho. Esto incluye el uso intencional de el nombre o marca de otro para realizar negocios.

Libre Mercado es el libre intercambio entre Oceanios de bienes y servicios.

Un Votante es una persona con permiso de Votar en Oceanía.

Un Oceanío Permanente es un Oceanío que ha vivido un total de doce meses en Oceanía, o un Oceanío menor a los doce meses de edad.

El Gobierno (bajo esta Constitución) es una Entidad que protege a los Oceanios de Fuerza y Fraude externos e internos.

Traición se define como el acto de un Oceanío de librar guerra contra el territorio y gente de Oceanía o de dar ayuda militar a sus enemigos declarados. Dar comida, cuidados médicos, u otras ayudas humanitarias a cualquiera no puede ser Traición (mas puede ser físicamente peligroso durante guerra). Fraude en una elección, crear pasaportes falsos de Oceanía y la defraudación del pueblo por agencias de el Gobierno también constituyen actos de Traición. Soldados de un ejercito invasor que deseen permanecer en Oceanía no son culpables de Traición.

Una Constitución es un documento que enumera los poderes y principios fundamentales de este Gobierno, y los Derechos de la gente a la que sirve.

Un Desarrollo Habitacional es una asociación voluntaria de terratenientes y residentes formada con el propósito de mantener la infraestructura de una sección de tierra. Un Desarrollo Habitacional no puede contener mas de 5,000 personas y no puede tener solo una.

La razón por la cual el tamaño de un Desarrollo Habitacional esta limitado por ley es porque se considera parte de el Gobierno de Oceanía, para mayor detalle ver el Articulo Siete, Desarrollos Habitacionales.

Una Localidad es un nivel gubernamental con no mas de 100 kilómetros cuadrados.

Un Condado es un nivel gubernamental con no mas de 10,000 kilómetros cuadrados.

Una Ciudad es un agrupamiento de población con una frontera geográfica. Una Ciudad NO PUEDE tener una estructura gubernamental. Puede tener un mayor que actúe como su embajador.

Una Corte es un foro donde Oceanios resuelven conflictos.

ARTICULO UNO
Lista Parcial de Derechos

Este articulo requiere un voto de 95% para eliminar un Derecho a agregar un Otorgamiento, y un voto de 66% para agregar un Derecho o eliminar un Otorgamiento.

Poderes no delegados específicamente a el Gobierno son reservados para Oceanios. La enumeración de ciertos Derechos en esta Constitución no debe ser mal interpretada para rehusar otros reservados a los Oceanios. Ningún otro poder se le da al Gobierno, y no poder sin especificar ya sea aquí, o en enmiendas posteriores, se considera de facto poder de le Gobierno. Este articulo se considera obligatorio en cualquier agencia organizada de el Gobierno dentro de territorios de Oceanía.

Ningún Otorgamiento no descrito aquí se le da implícitamente al pueblo. En particular no son Derechos comida, habitación, salud, educación, ropa y trabajo.

1. Vida

A. El Derecho a la Vida: Una persona tiene el Derecho a no ser matado o lastimado por otros. Mientras una persona se encuentre en coma o de otra manera inconsciente, todo su dinero será utilizado para mantenerlo vivo a menos que haya firmado instrucciones explícitas a lo contrario. Cuando el dinero se acabe, el hospital a cargo del paciente tiene el Derecho de terminar el tratamiento que mantiene a la persona viva. La familia del paciente o cualquier otra persona o entidad puede proveer dinero adicional para continuar manteniendo en Vida a el paciente.

B. El Derecho a la Defensa Propia: Un Oceanío puede matar o lastimar en defensa de su persona o de su propiedad. Esto incluye el Derecho a poner trampas en su propiedad. Por supuesto, esa propiedad debe de incluir advertencias de que la propiedad tiene trampas y entrar ilegalmente puede ser peligroso.

Un Oceanío (exceptuando un Niño) tiene el Derecho de poseer y cargar Armas, escondidas o no. Este Derecho se extiende a todo tipo de Armas con la excepción de Armas de destrucción masiva cual detallado en el Articulo Cuarto, Seguridad Nacional.

El Derecho a la Vida implica el Derecho a proteger esa Vida por cualquier medio necesario. El Gobierno no puede expedir ni quitar licencias para el Derecho de poseer o utilizar Armas.

Poseedores de Propiedad privada pueden rehusar el permitir Armas en su propiedad. Esto incluye aquellos que rentan su propiedad, tal como el Gobierno rentando una Corte.

C. El Derecho a la autodeterminación: Una persona tiene el Derecho de determinar lo que ella desee introducir a su cuerpo o vestir en su cuerpo; como utilizar, decorar o modificar su cuerpo; y cuando va a morir. Esto incluye el Derecho de controlar el cuidado medico que recibe. El Gobierno bajo ninguna circunstancia puede requerir a una persona que modifique su cuerpo esterilizándolo, tatuándolo o perforándolo. El Gobierno no puede requerir que una persona utilice drogas contra su deseo o que utilice uniformes u otras prendas.

Este Derecho continua después de la muerte. Una persona tiene el Derecho de especificar en su testamento que puede y no puede hacerse con su cuerpo. El Gobierno no puede realizar autopsias sin consentimiento previo de la persona muerta, aun en investigaciones criminales. En ausencia de un testamento explícito, ningún familiar ni otra entidad puede dar tal consentimiento.

Las Personas tienen el Derecho de ingerir cualquier alimento o droga que deseen. El Gobierno no puede expedir ni quitar licencias dando el Derecho de ingerir alimentos o drogas. El Gobierno no puede pedir a médicos que posean una licencia para dispensar drogas o suplementos dietéticos.

Las Personas tienen el Derecho de determinar si desean o no utilizar cinturones de seguridad, cascos u otros dispositivos de seguridad. Dueños de carreteras privadas pueden requerir tales dispositivos en sus carreteras. Compañías de seguros médicos pueden requerir la utilización de estos dispositivos como requerimiento de póliza.

Dueños de Propiedad pueden mantener sus propias normas de vestimenta. Aquellos que sean ofendidos por cualquier estilo de vestimenta (incluyendo el nudismo) en tierra publica o en tierra contigua deben de utilizar medios privados tales como restricciones de créditos, convenios o barreras físicas para protegerse a si mismos de tales Libertades.

Las Personas tienen el Derecho de terminar su propia Vida y de pedir a otros ayuda para hacerlo. Los Prisioneros también gozan de este Derecho. Una Persona que se pone en suspensión cryionica mientras todavía esta legalmente viva no es considerada como que a terminado su Vida, y por lo tanto mantiene aun su Derecho a la Vida.

Los Adultos tienen el Derecho de realizar cualquier forma de actividad sexual con cualquier Adulto que consienta. Pago puede hacerse por una de las partes involucradas en sexo. Todas las Personas tienen el Derecho de buscar utilización personal de todos los métodos de control de la natalidad. Por supuesto, el Gobierno no puede pagar ningún método de control de la natalidad, incluyendo el aborto.

Los Oceanios tienen el Derecho de involucrarse en actividades peligrosas incluyendo, pero no limitado a, boxeo, salto "bungee", duelos, paracaidismo, y uso de fuegos artificiales. No tienen el Derecho de lastimar a otros mientras realizan estas actividades a menos que la Persona lastimada haya firmado un Contrato explícito aceptándolo, tal como en boxeo y duelos. Cualquiera que convenza a otro a involucrarse en un acto peligroso engañándolo que no lo es ha cometido Fraude y es responsable por los daños causados. A los Niños se les puede prohibir realizar estas actividades, así como otras consideradas nocivas para un Niño tal como el uso de video juegos o pintura de atomizador, por sus Tutores, mas no por ninguna agencia o ley del Gobierno.

D. El Derecho de Expresión: Un Oceanío tiene el Derecho de hablar o publicar sin interferencia del Gobierno. Este Derecho lo gozan los medios de comunicación incluyendo la televisión, el radio, televisión por cable, periódicos y medios electrónicos de comunicación y se extiende a anuncios publicitarios y entretenimiento así como a comentarios editoriales. No Hay excepción por obscenidad, sedición u otros modos controvertidos de expresión. Una Persona que incita a alguna actividad ilegal puede ser tomada como participante en tal actividad.

Este Derecho no incluye el Derecho a transmitir una señal que interfiera con un Oceanío que posea una banda de frecuencia. Las bandas de frecuencia son consideradas propiedades.

El Gobierno no puede expedir ni quitar licencias para ejercitar el Derecho de transmitir o de otra manera distribuir información. El Gobierno no puede obligar a un transmisor u otro medio de comunicación a distribuir cualquier información.

El Derecho de Expresión incluye el Derecho a no hablar. El Gobierno no puede requerir que la prensa revele sus fuentes de información bajo ninguna circunstancia, incluso en tiempos de guerra o Traición, nadie puede ser obligado a testificar en Corte o a revelar información que desea mantener secreta.

Los Oceanios pueden voluntariamente ceder su Derecho de Expresión por medio de un Contrato. Por ejemplo, la Corte de Oceanía requiere que sus subscriptores permitan ser citados a testificar. Patrones pueden pedir un convenio de no-divulgacion de información como condición de contratación.

Acciones de Fraude por los medios de comunicación tal como difamación pueden ser perseguidos en Corte por Oceanios. Difamación y calumnia consisten únicamente de con conocimiento de causa publicar falsedades cual si fueran hecho con intento de lastimar. Oraciones verdaderas y oraciones presentadas como opinión son inmunes de persecución. Con la única excepción de los medios de comunicación provocando Traición, No habrá interferencia del Gobierno con la prensa. Si un Oceanío no desea ver el canal de pornografía o el canal del klux klux klan lo único que tienen que hacer es cambiar el canal.

E. El Derecho de Trabajar: Una Persona y un Negocio tiene el Derecho de llegar a un acuerdo en un Contrato de empleo. Un negocio no puede ser Forzado a un Contrato sindical, a menos que este haya sido estipulado por un Contrato previo. una Persona no puede ser Forzada a unirse a un sindicato, a menos que esa Persona haya firmado un Contrato previo rehusando este Derecho.

El Derecho a la Vida implica el Derecho a los medios ordinarios de mantener la Vida, es decir, el trabajo. El Gobierno no puede requerir licencias para trabajar. Esto significa que incluso doctores, abogados y programadores de computadoras no necesitan licencias. Por supuesto, Empresas privadas pueden expedir licencias a doctores, abogados y otros profesionales. Creemos que Entidades privadas realizarían un mejor trabajo que agencias Gubernamentales. Los Oceanios tienen Derecho de utilizar profesionistas sin licencia si así lo desean.

F. El Derecho a la Religión: Un Oceanío tiene Derecho a practicar o no practicar cualquier religión que desee.

Particularmente detestada es la guerra contra la religión practicada por la mayoría de países sobre la Tierra. El Gobierno de Oceanía jamas atacara una iglesia con tanques y granadas simplemente porque esta no es popular. El Gobierno de Oceanía no puede dar fondos para arte, medios de comunicación, educación o cualquier otro medio de promover una religión en particular; tampoco puede interferir con el Derecho de cualquier Transmisor de proveer programación religiosa ni el Derecho de Tutores y Escuelas de proveer educación religiosa.

Ningún Derecho, Otorgamiento ni Privilegio puede otorgarse basado en la Libertad religiosa. Si una religión requiere que una Persona robe bancos, robar bancos todavía será una ofensa legal para miembros de esa religión. Libertad de religión no confiere a nadie el Derecho de violar los Derechos de otros.

2. Libertad

A. El Derecho a la Libertad: Un Oceanío tiene el Derecho de determinar por si mismo como y donde vivirá, trabajara, y jugara. Ni la esclavitud ni el servilismo involuntario, ni siquiera como castigo por un crimen del cual una Persona ha sido juzgada y declarada culpable, existirá en Oceanía ni en ningún territorio sujeto a su jurisdicción.

El termino esclavitud incluye el servicio militar, servicio nacional y participación obligatoria como testigos a menos que la Persona voluntariamente haya aceptado a ser sometida a ellos. La defensa de una nación pacifica no puede requerir la esclavitud de gente joven para ser sacrificada por capricho del Gobierno.

Una excepción al Derecho a la Libertad es el Otorgamiento de justicia a la víctima de un crimen. Un Oceanío acusado de un crimen puede ser citado por un gran jurado a presentarse en la Corte de Oceanía. Puesto que este es un peligroso poder, muchas protecciones son dadas al acusado como esta detallado en el Articulo Dos.

Las enfermedades mentales no son un crimen. Ningún Adulto puede ser encarcelado por enfermedad mental si no ha cometido algún crimen.

B. El Derecho a Viajar: Un Oceanío puede viajar del punto A al punto B.

Sumado a este Derecho, la tierra en Oceanía debe de contener caminos con ocho metros de ancho en forma cuadriculada con cuadricula de ocho kilómetros en el cual se da el Otorgamiento de viajar. La cuadricula es determinada por los poseedores iniciales de tierra incorporada a Oceanía. Poseedores de tierra contigua a estos caminos pueden pagar o autorizar el mantenimiento de estos caminos.

Ningún pago es necesario por el uso de estos caminos. Puesto que no se puede obtener ganancias de estos caminos se espera que no serán utilizados como carreteras principales. En vez de esto serán utilizados para ayudar a gente a la que le haya sido negado el uso de carreteras privadas. Los caminos no son necesarios en islas menores de ocho kilómetros. Estos caminos no pueden utilizarse para dormir o acampar, solo para viajar.

En estructuras flotantes, será la obligación de terratenientes contiguos a estos caminos el no permitir que estos caigan en tal estado que haga peligrar la estructura flotante. Los terratenientes serán responsables de acuerdo con el porcentaje del camino que toque su tierra.

El Gobierno no puede expedir licencias por el Derecho a Viajar, ya sea a pie, automóvil, avión, o ningún otro medio. Los dueños de carreteras privadas pueden requerir licencias para utilizar esas carreteras. Dueños de espacio aéreo pueden requerir licencias para pilotos que sobrevuelen dicho espacio.

El Derecho a la Vida es superior al Derecho a Viajar. Por lo tanto Personas que tengan enfermedades altamente infecciosas no pueden Viajar. Para que una enfermedad sea considerada altamente infecciosa es necesario un referendum con un voto superior al 80%. Se requiere un voto de mayoría para quitar una enfermedad de la lista de enfermedades infecciosas. Oceanios bajo cuarentena tienen el Derecho de viajar a países que los acepten. Para ser cuarentenado es necesario que un jurado declare a la Persona infectada y se le ordene cuarentena.

C. El Derecho de Asamblea: Los Oceanios tienen el Derecho a agruparse libremente ya sea físicamente en tierra o a través de un medio de comunicación. Hay que notar que el Gobierno no tiene permiso de ser poseedor de tierra ni de controlar medios de comunicación.

D. El Derecho de Asociarse y de Discriminar: Un Oceanío tiene el Derecho de elegir con quien se asociara o tendrá negocios y con quien no.

El Gobierno no tiene este Derecho y tiene que ser un patrón con igualdad de oportunidades. El Gobierno no puede preguntar a las Personas sobres su raza, creencia, sexo, preferencia sexual, incapacidades, edad o cualquier otra cosa no relacionada con sus calificaciones de trabajo. Por supuesto, esto también prohibe que el Gobierno practique discriminación en reversa.

Este Derecho incluye el Derecho de asociarse con aquellos que tengan puntos de vista que no sean populares, y de discriminar contra cualquiera por cualquier razón, incluyendo raza, creencia, sexo, preferencia sexual, peso, altura, incapacidades, edad, peinado, vestimenta, joyería, tenencia de mascotas, estado civil, paternidad o cualquier otra razón. Esto también incluye el Derecho a discriminar contra alguien que haya discriminado contra otro Oceanío.

E. El Derecho al Conocimiento: Un Oceanío tiene el Derecho de utilizar cualquier conocimiento que posea.

Este Derecho incluye el de utilizar conocimiento interno para participar en mercados de acciones. Por supuesto, los reglamentos de una compañía pueden prohibir tal acción. Un comprador puede enterarse si los reglamentos de una compañía permiten o no el uso de conocimiento interno para participar en mercados de acciones. Las casas de bolsa pueden decidir si permitirán o no el intercambio de este tipo de acciones.

Este Derecho incluye el Derecho de utilizar evidencia obtenida ilegalmente en Corte, Claro que, aquel que haya obtenido tal evidencia sigue siendo responsable del acto ilegal de obtener tal información.

El Chantaje, es decir, el pedir dinero u otros valores de alguien con amenaza de decir información verdadera acerca de esa persona, es un ejercicio legal de el Derecho al Conocimiento. Por supuesto, incitar a una persona a cometer crímenes hace que uno sea considerado como partícipe en tal crimen, y amenazar con violencia física constituye asalto.

F. El Derecho de Escuchar: Un Oceanío tiene el Derecho de escuchar transmisiones de televisión, radio y el resto del espectro electromagnético, incluyendo conversaciones de telefonía celular, radio de policía y militar y cualquier otra señal transmitida a través de su cuerpo o su propiedad.

Esto no incluye el poder de violar los Derechos de Propiedad de otros mediante espionaje con dispositivos tales como la utilización de láser en una ventana y de escuchar una conversación descodificando el rayo modulado así reflejado. Tal espionaje puede ser perseguido como transgresión, pues puede ser detectado por la persona que esta siendo espiada.

Por supuesto, un proveedor de comunicaciones puede construir dispositivos de encripción en las unidades que vende. Aun mas importante, el Gobierno no puede requerir que tales dispositivos tengan fallas de tal modo que el Gobierno pueda escuchar conversaciones como otros países lo han hecho.

3. Propiedad

A. El Derecho a la Propiedad: Un Oceanío tiene el Derecho de ser dueño de Propiedad y de que nadie se la quite por Fuerza o Fraude.

El cuerpo de una Persona y los frutos de sus labores son su Propiedad. Nadie puede hacer suyo el trabajo de otros por medio de impuestos, expropiaciones u otros medios de robo. Un Oceanío puede rentar o vender partes de su cuerpo. Esto incluye maternidad en renta, prostitución o ser sujeto en experimentos médicos.

En la ausencia de un testamento explícito se asume que la Persona no desea vender o regalar órganos de su cuerpo.

El agua se considera Propiedad y no se puede expropiar y dar a la "sociedad" porque "no se esta utilizando" o porque se "esta utilizando indebidamente". Cualquier animal al que no se le ha otorgado el estado de Persona se considera Propiedad. Un Oceanío no requiere de una Licencia para ser dueño de mascotas o para tener ganado.

No nada mas es en contra de nuestra Constitución el que un ladrón o una masa de ladrones le quiten dinero a un Oceanío, esto mismo también se aplica a nuestro Gobierno. Por lo tanto, todas las modalidades de impuestos son en contra de nuestra Constitución. La única manera en que el Gobierno puede obtener dinero de Oceanios es diciendo "por favor" y recolectando donaciones voluntarias. El Gobierno no puede utilizar Fuerza o Fraude para recolectar donaciones. Por supuesto, decir que tales donaciones son obligatorias constituye Fraude.

El Gobierno no puede cargar una renta a personas que sean dueñas de Propiedad. Al pedir tal renta, los Gobiernos convierten a dueños de tierra en inquilinos de tierra. En estos países corruptos, una vez que el "dueño" deja de hacer los pagos de su tierra esta se le es expropiada.

El Gobierno no puede pasar leyes que delimiten zonas, pues esto le quita a los Oceanios el Derecho de hacer con su tierra lo que deseen. De igual manera, el Gobierno no puede pasar leyes ni códigos de construcción. Por supuesto, si una estructura peligrosa daña la Propiedad de otros o lastima o mata a alguien, entonces el dueño de la estructura será responsable de los daños y muertes causadas. Aquellos Oceanios que crean que tal propiedad los puede lastimar pueden demandar al dueño de la Propiedad antes de que el daño ocurra. El control de Rentas por el Gobierno es ilegal y es una forma de robo de Propiedad.

Como esta explicado en el Articulo Siete, los Desarrollos Habitacionales pueden tener leyes de zonas, códigos de construcción y control de rentas.

El dueño de una Propiedad tiene el Derecho de controlar el acceso y uso de su Propiedad, y de poner cualquier condición al acceso y uso de esta. Esto incluye el de excluir a Personas basado en su vestimenta o apariencia. Por supuesto, se deben de poner advertencias alrededor de propiedad particularmente peligrosa tal como campos minados.

Ningún soldado, oficial del Gobierno, ni ninguna otra Persona puede, en tiempos de guerra o de paz, ser acuartelada en la casa de nadie sin el consentimiento de su dueño.

Ninguna Propiedad puede ser quitada para uso publico sin el consentimiento de su dueño. El Gobierno no puede establecer un precio "justo" por tal Propiedad y posteriormente "comprarla" a su dueño sin su consentimiento.

Cualquier Propiedad encontrada después de dos años de que ha sido perdida se considera propiedad del que la haya encontrado.

B. El Derecho de Ser Dueño y de Manejar un Negocio: Un Oceanío tiene el Derecho de manejar un Negocio, con ganancias o sin ellas y con cualquier propósito.

El Gobierno no puede expedir o retirar licencias por el Derecho de Ser Dueño y de Manejar un Negocio. Un Negocio puede contratar y correr a empleados sin ninguna explicación. Puede correr permanentemente a un sindicato completo. Puede rehusarse a contratar a miembros o ex-miembros de un sindicato. Por supuesto, cualquier Contrato entre un sindicato o un empleado individual con el Negocio debe de ser respetado.

La definición de acoso sexual entre un empleado y su patrón debe de ser definida en un Contrato entre ambas partes.

Es legal ser dueño de un "Monopolio". La definición de monopolio de la mayoría de los Gobiernos es la de un Negocio con éxito. Es legal el "dumping" de bienes debajo de el precio "justo" del mercado. Carteles también son legales siempre y cuando no usen Fuerza o Fraude para mantener dentro del cartel a sus miembros.

Es legal para un Negocio firmar un Contrato con un empleado quitándole sus Derechos con respecto a ese Negocio y por la duración de ese Contrato. Lo mismo se aplica a cualquier Contrato que le quite sus Derechos al patrón. Ningún Contrato puede quitarle sus Derechos a un tercero, incluyendo a sus Niños.

Un Negocio no puede ser Forzado por el Gobierno a ofrecer un salario mínimo, beneficios familiares, seguros médicos, beneficios por incapacidad, seguro de desempleo o compensación laboral, o cualquier otro beneficio que le robe a un patrón el Derecho de controlar su Propiedad.

C. El Derecho de Negociar Contratos: Dos o mas Oceanios pueden negociar un Contrato por bienes o servicios sin interferencia del Gobierno.

El Matrimonio es un Contrato privado entre Personas que lo acepten, y como tal, el Gobierno no puede tomar parte en el fuera de obligar que los términos especificados en este Contrato se cumplan. Todo Contrato por comportamiento sexual, cohabitación, reproducción, beneficios testamentales o cualquier otro aspecto del matrimonio, por dinero u otros son legales y obligatorios.

D. El Derecho de Libre Empresa: Un Oceanío tiene el Derecho de comprar y vender lo que sea sin interferencia del Gobierno. Las únicas excepciones a este Derecho están establecidas en el Articulo Dos (restricciones a Entidades privadas por patentes, etc.) y en el Articulo Cuatro (Armas, drogas, etc.).

No puede haber leyes de "cielo azul", ni leyes de usurea ni ninguna ley que ponga márgenes en los requerimientos de la compra y venta de valores. No puede haber restricciones sobre ramas de bancos ni restricciones en el interés pagado por depósitos. Bonos y certificados son legales. Planes de pirámide son legales siempre y cuando no se utilice Fraude para promoverlos.

Ninguna ley puede restringir la publicidad de precios, productos o servicios. Esto incluye el servicio de médicos, dentistas y abogados, y de productos tales como alcohol y tabaco.

Reventa de boletos, venta de drogas dentro de los limites de Oceanía, prostitución, y todos los tipos de apuestas son legales.

Para resolver el problema de muertes que ocurren cada año debidas a la falta de órganos corporales, es legal vender y comprar estos órganos.

Para resolver el problema de Niños que son abusados por sus Tutores que no los quieren, es legal que los Tutores cobren a otras Personas que si los quieran por el Derecho de volverse los nuevos Tutores. Por supuesto, tales Niños mantienen aun todos los Derechos y Otorgamientos que normalmente posee un Niño, notablemente la responsabilidad del Tutor de cuidar de ellos y de no ser vendidos como trabajadores.

E. El Derecho de Libre Intercambio: Un Oceanío tiene el Derecho de importar y de exportar sin interferencia del Gobierno. Esto significa que es ilegal que el Gobierno imponga tarifas, cuotas, o impuestos en bienes importados. Si otro país impone tales tarifas, cuotas, impuestos u otras restricciones en exportaciones de Oceanía el Gobierno de Oceanía no puede tomar venganza y hacer lo mismo. Oceanía pondrá un ejemplo enseñándole al mundo lo que realmente significa "libre comercio".

F. El Otorgamiento a la Propiedad Intelectual: Un Oceanío tiene el Otorgamiento de recibir patentes y Derechos de autor en sus obras creativas. Si dos o mas Oceanios realizan un descubrimiento independientemente, ambos tendrán patentes aun cuando los descubrimientos no hayan sido simultáneos. Es obligación de la parte que haya aplicado por patente al ultimo el probar que el desarrollo fue independiente.

La Propiedad intelectual es un Otorgamiento porque interfiere con el Derecho al Conocimiento. Por esta razón, se imponen muchas restricciones en este Otorgamiento y se espera que los jurados pongan como prioridad el Derecho al Conocimiento en decisiones difíciles.

Ningún patente ni Derecho de autor puede tener una duración de mas de diez años a partir de la fecha en que se aplico por este. En el caso de patentes o Derechos de autor simultáneos todos expiran en la fecha en que el primero lo haga. Patentes y Derechos de autor extranjeros serán reconocidos por diez años a partir de la fecha en que primero fueron introducidos en Oceanía. Cualquier marca registrada es valida mientras sea utilizada activamente. Cualquier creación que se demuestre que ha existido antes de la fecha de invención declarada en la primera aplicación es del dominio publico y no puede tener patentes ni Derechos de autor. Cualquier obra puesta explícitamente en el dominio publico no puede ser patentada ni sujeta a Derechos de autor por otros. El no explotar una patente o un Derecho de autor se considera como causa para eliminarla en Corte.

Ingeniería en reversa es el copiar algo viendo como funciona, no los planos. Ingeniería en reversa es legal en Oceanía. Como un programa de computadora se "ve y se siente" no puede ser sujeto a Derechos de autor. Código de computadoras, algoritmos, procesos y otras creaciones intangibles no pueden ser patentadas. Animales creados pueden ser patentados con la excepción de Personas.

Se permite el "uso justo" de obras con Derechos de autor con el propósito de educación, comentario, critica, parodia, comparación, etc.

G. El Derecho de Establecer la Duración de un Contrato: No habrá ninguna ley limitando el establecimiento de un Contrato a perpetuidad. El Gobierno de Oceanía no tiene este Derecho. El Gobierno de Oceanía no puede participar en un Contrato con duración mayor de diez años.

4. Privacía

A. El Derecho a la Privacía: Un Oceanío tienen el Derecho de estar seguro en su persona, habitación, papeles y efectos personales, contra toda búsqueda y allanamiento, que no ocurra sin una orden dada por un gran jurado de la Corte de Oceanía.

Al igual que el Derecho a la Libertad, este Derecho también esta subordinado a el Otorgamiento de Justicia de la víctima de un crimen, y protecciones similares se le otorgan al acusado.

Las ordenes se deben de dar bajo causa probable, mantenida por afirmación abierta, describiendo en detalle el lugar que será buscado y las Personas o cosas que serán allanadas. Causa probable en ausencia de una orden es insuficiente para una búsqueda. Sugerencias anónimas son insuficientes para una búsqueda. Se requiere de una orden para espionaje por medios electrónicos y para interceptar correspondencia en cualquier modo, incluso para copiar direcciones en un sobre.

Un criminal sorprendido en el acto de cometer un crimen puede ser detenido siempre y cuando el oficial se identifique como tal, y tome los pasos necesarios para obtener una orden.

El negarse a someterse a una búsqueda sin una orden no se puede considerar como causa probable. Toda búsqueda, allanamiento o arresto efectuado sin una orden es ilegal. Los Oceanios no pueden ser detenidos por oficiales del Gobierno. Pueden ser arrestados como esta descrito anteriormente, mas no pueden ser detenidos sin un arresto. Interrogar a un Oceanío a punta de pistola sin estos haber sido acusados de un crimen es una violación de su Privacía particularmente reprochable.

B. El Derecho a la Identidad Propia: Un Oceanío puede identificarse a si mismo por el nombre que desee, siempre y cuando no lo haga con intención de Fraude. El Gobierno no puede asignar números ni cualquier otro modo de identificación "oficial" a un Oceanío, tampoco puede requerir que cualquiera lleve consigo una identificaron en cualquier momento. La utilización de diversos nombres por un Oceanío o el negarse a dar su nombre no puede ser utilizado como causa probable en una búsqueda o allanamiento (aunque puede, claro esta, ser utilizado como evidencia si la Persona aparece en Corte).

C. El Derecho a Privacía Financiera: Un Oceanío tiene el Derecho de esperar que todas sus transacciones de Negocios sean completamente privadas mientras que haya un acuerdo Contractual a tal efecto. A un Oceanío el Gobierno no le puede pedir que revele sus ingresos o cualquier otra información financiera que desee mantener privada.

Por ejemplo, todos los bancos tienen el Derecho de garantizar completa confidencia a sus clientes. Exceptuando una orden por la Corte de Oceanía, tales estados financieros nunca podrán ser revelados a nadie mas que al dueño de esa cuenta. Tal orden de Corte no puede ser generada a menos de que haya evidencia de que se han roto las leyes de Oceanía.

D. El Derecho a Encripción: Todo Oceanío tiene el Derecho de proteger sus datos y conversaciones utilizando métodos de encripción. Tal encripción no puede ser utilizada como evidencia de que ese Oceanío esta haciendo algo ilegal. Este Derecho se extiende a todas las forma de información que un Oceanío considere necesita seguridad sin importar el formato, ya sea papel, electrónico, holografico o de cualquier otro, y sin importar el contenido.

Un Oceanío tiene el Derecho de utilizar cualquier algoritmo de encripción y programas de computadora existentes. El Gobierno no puede restringir el Libre Mercado en tales programas llamándolos "munición".

E. El Derecho a Conversaciones Seguras: Todo Oceanío tiene el Derecho de esperar que sus conversaciones no sean grabadas por terceros sin su consentimiento. Una de las partes en una conversación o su agente pueden grabar una conversación sin el permiso de la otra parte, pues este es un ejercicio legal del Derecho al Conocimiento.

Un proveedor de comunicación puede grabar conversaciones si sus subscriptores han rechazado voluntariamente el Derecho a Conversaciones Seguras por medio de un Contrato.

F. El Derecho a Privacía en Tierras Rentadas por el Gobierno: Un Oceanío no pierde sus Derechos a la Privacía al entrar en propiedad rentada por el Gobierno, incluyendo puestos aduanales, asumiendo que el Gobierno de Oceanía alguna vez tuviera tales puestos. Es particularmente detestada la practica de infligir búsquedas corporales y de cavidades corporales en Oceanios respetuosos de la ley sin una orden judicial.

Es particularmente detestada la practica de declarar puestos aduanales como territorio que no es parte del país al que sirven para poder transgredir sus leyes.

G. El Derecho a Privacía en el Lugar de Trabajo: Los Oceanios tienen el Derecho de contar con Privacía en su lugar de trabajo con la excepción de cualquier cosa que especifique lo contrario en su Contrato.

5. Niños

A diferencia de los Adultos, los Niños tienen muchos Otorgamientos. Cada Niño debe de tener por lo menos un Tutor Adulto que provea estos Otorgamientos. La responsabilidad Tutorial cae inicialmente en los Padres biológicos (en ambos por igual) como un Contrato implícito, a menos que exista un Contrato explícito que asigne esta responsabilidad a otros. Todo Contrato de matrimonio, acuerdo de donación de semen y otros Contratos que asignen responsabilidad Tutorial son validos siempre y cuando su aplicación no prive a un Niño de cuidado Tutorial. La responsabilidad Tutorial asignada por un Contrato (como en casos de adopción) no pueden ser arbitrariamente disueltos por una Corte o cualquier otra Entidad a menos que el Tutor se encuentre en prisión. Cuando un Tutor es liberado de Prisión, este tiene el Derecho de restaurar su custodia del Niño de aquellos que hayan cuidado del Niño durante su encarcelamiento. Las Cortes no reconocerán a la Tutoría biológica por encima legalmente de Tutoría por Contrato.

Los Otorgamientos a un Niño están basados en que se asume que un Niño es incapaz de sostener su propia Vida sin ellos. Cualquier Niño que sienta que es capaz de tomar completa responsabilidad de su propia Vida tiene el Derecho de pedir a la Corte que lo declare Adolescente o Adulto.

Los Niños no tienen ningún Otorgamiento aparte de los aquí mencionados, ni tienen restricciones de sus Derechos aparte de las mencionadas aquí. En particular, un Tutor no es dueño de la Propiedad de su hijo y no es responsable de sus deudas, los Niños tampoco están exentos de persecución judicial.

A. Otorgamientos Adicionales: Un Niño tiene el Otorgamiento de comida, casa, ropa, cuidado medico básico y educación básica. Un Tutor puede proveer estos directamente o contratar a alguien que los provea. La manera particular en que se proveerán es a discreción del Tutor. En particular, el Gobierno no puede establecer normas educativas, y no se puede requerir que un jurado juzgue la calidad de la educación de un Niño. Por supuesto, proveer a un Niño comida u otras cosas que lo puedan dañar constituye causa de responsabilidad legal.

B. Derechos Restringidos: Los siguientes Derechos de Oceanios no los tienen los Niños.

Viajar: Un Tutor puede restringir los movimientos de su hijo. Se espera que un Tutor lo hará solo en el grado necesario para garantizar la seguridad de su hijo.

Autodeterminación: Un Niño no tiene el Derecho de terminar su propia Vida, o de aceptar actividades sexuales. Cualquier Adulto que tenga relaciones sexuales con un Niño se considera que lo hizo sin el consentimiento de este y es responsable legalmente por los daños.

Armas: Un Niño no puede utilizar Armas, excepto en usos no dañinos (deporte, entrenamiento, etc.) y esto bajo supervisión directa de un Adulto.

Contratos: Un Niño no puede entrar en una relación Contractual. Cualquier Contrato al que entre un Niño puede ser disuelto por una Corte a petición del Niño o su Tutor. Esto incluye, por ejemplo, El que un Tutor haga un Contrato laboral por su hijo.

Derecho al Trabajo: Un Niño debe de cumplir con las leyes laborales para Niños y no puede trabajar mas horas de las permitidas por esas leyes o en ningún momento si tales leyes así lo establecen.

C. Revisión por un Jurado: Un Niño tiene el Derecho de demandar en juicio a su Tutor por falla de proveer estos Otorgamientos o por otros daños. Si un Niño es incapaz o no desea realizar esta demanda, cualquier Oceanío puede demandar en su lugar. Bajo ninguna circunstancia puede un Niño ser retirado de su Tutor hasta que el Tutor sea declarado culpable en Corte y hasta que un jurado ordene que retire su custodia.

Si un jurado decide que un Tutor a fallado en esta área pueden votar el dar la custodia del Niño a una Entidad que no falle. Si no hay Oceanío que se haga responsable, el Niño no será retirado de su Tutor. El Gobierno no tomara la custodia de el Niño puesto que el Gobierno no tiene permiso de robar dinero por ningún motivo, incluyendo el del cuidado de Niños.

6. Adolescentes

Los Adolescentes tienen todos los Derechos de los Adultos mas el Derecho de Terminar Contratos. Un Adolescente puede llevar un Contrato a un jurado, y si el jurado vota unánimemente que el Contrato no es razonable, el Contrato se puede romper. Cuando un Contrato se rompe, ninguna multa o penalidad puede afectar a la otra parte. Un Adolescente no puede terminar un Contrato implícito por el cuidado de sus hijos.

Un Adolescente que tiene relaciones sexuales con un Niño puede ser responsable de daños como si fuera un Adulto, o puede ser perdonado a la discreción de un jurado. Los Adolescentes no tienen los Otorgamientos de los Niños.

7. Animales y otros seres

A los animales no se les debe dar un trato cruel. Si se sospecha que un animal ha sido maltratado por una Persona, un Oceanío puede, en representación del animal, llevar una demanda a jurado para que este decida la cuestión. Una decisión unánime es requerida para declarar a la Persona culpable.

Cualquier ser cuya especie o tipo (por ejemplo, seres cibernéticos) no es reconocida como Persona puede pedir reconocimiento individual como Persona. El jurado debe de creer sin razón a duda razonable que el ser no es una Persona para rechazar el reconocimiento. En el momento que un miembro de una nueva clase se considere Persona, se debe de llevar a cabo un referendum para rechazar reconocimiento a toda la clase a la que el ser pertenece como una clase de Personas; el referendum requiere de un voto del 80% para rechazar el reconocimiento. En el caso de que el reconocimiento sea rechazado, miembros individuales de la clase pueden aplicar aun para reconocimiento individual.

ARTICULO DOS
Agencias de Gobierno y Estructura de Poder

Este articulo requiere de un voto de 95% para agregar una agencia o puesto y un voto de 66% para retirar una agencia o puesto.

Bajo ninguna circunstancia puede una Persona ser elegida para un puesto mas de una vez consecutiva. Cualquier Adulto que no este en prisión puede ser elegido para cualquier puesto. Ningún oficial de Gobierno requiere hacer un juramento religioso. El único juramento que tiene que hacer es el de respetar la Constitución del pacifico País de Oceanía.

1. Poder Judicial

El Sistema de Justicia existe para resolver conflictos entre Oceanios, tanto Personas como Entidades. La Justicia se realiza cuando un Oceanío, llamado el Demandante, realiza una demanda en contra de otro, llamado el Defensor, en una Corte. La Corte debe decidir si una de las partes ha sufrido daños y a que grado. La Corte puede entonces imponer penalidades sobre la parte perdedora, incluyendo los costos del juicio. Puesto que no puede haber "crímenes sin víctima", no existe distinción entre la ley civil y la ley penal.

Cuando ambas partes en una demanda aceptan, cualquier Entidad en Oceanía puede servir como Corte para resolver su conflicto, y todos los juicios y resultados encontrados por esa Corte, incluyendo sentencias de prisión, serán legales y mandatórios. Se recomienda que todos los Contratos especifiquen una Corte privada en la cual se resolverán disputas. Apelación de una Corte privada será permitida solo si el Contrato de Corte lo permite. Cuando el Defensor no acepta aparecer en una Corte aceptable para el demandante, el demandante puede llevar la demanda en la Corte de Oceanía, la cual tiene el poder de obligar al Defensor a comparecer, si el Demandante tiene una Licencia para Demandar en una Corte de Oceanía.

Se requiere de un voto de 95% para permitir que otra Corte tenga el poder de obligar a comparecer a un Defensor, un voto del 66% es suficiente para retirar este poder.

Esto es para asegurar que la Corte de Oceanía no tome ventaja de su estado de monopolio. La gente puede votar para darle este poder a otra Corte, o pueden votar para retirar por completo este poder.

La Corte de Oceanía consiste de la Suprema Corte, una o mas Cortes de Condado y una o mas Cortes Locales. Todo caso traído ante la Corte de Oceanía debe ser primero juzgado en una Corte local, luego puede ser apelado en una Corte de Condado y finalmente puede ser apelado a la Suprema Corte. Todos los Jueces de estas Cortes son elegidos , miembros de la Suprema Corte y de Cortes de Condado por cuatro años y miembros de Cortes Locales por dos años. Un Juez no requiere de una licencia de abogado.

Puesto que la Corte de Oceanía es un departamento del Gobierno, la gente puede, por referendum, regular su operación. Inicialmente, los Votantes elegirán al Director Jefe de la Corte de Oceanía con la responsabilidad de administrar la Suprema Corte y las Cortes inferiores, incluyendo el nombrar jueces y poner reglas de operación para las Cortes que sean consistentes con la ley de Oceanía.

El Poder Judicial también incluye Gran Jurados Locales que son elegidos cada año.

Las Cortes militares son Cortes Privadas las cuales el personal militar han aceptado voluntariamente en un Contrato. El Departamento de Guerra no puede interferir, controlar o apropiar fondos para estas Cortes de ninguna manera. Se recomienda fuertemente que estas Cortes permitan apelación a la Corte de Oceanía, puesto que las Cortes militares tienen una larga historia de persecución excesiva.

Definiciones

En este articulo, los siguientes términos tienen los significados específicos dados a continuación:

El Demandante es un Oceanío que inicia una demanda en una Corte. Este es también lo que en otros sistemas se llama fiscal o acusador, puesto que controla la acusación del caso en todo momento.

El Defensor es la parte acusada de un acto criminal o falla.

Los Costos de Corte son los costos de la Corte que administra la demande, vgr. renta de la sala, salarios de juez y jurado, etc. También se incluye aquí los gastos de Prisión.

Los Costos Legales son aquellos costos que los litigantes en su propia parte, vgr. salarios de abogados, salarios a testigos, salarios a policía por citación de testigos, salarios de investigación, etc.

El Otorgamiento de Justicia

La justicia en la Corte de Oceanía es un Otorgamiento al Demandante porque el Defensor pueden ser tomado físicamente y traído a juicio, en conflicto con su Derecho de Libertad. Porque este es un poder peligroso, se imponen muchas restricciones en el poder de la Corte. También, el Privilegio de llevar una demanda a la Corte de Oceanía se le da solo a aquellos que han obtenido una Licencia para Demandar de la Corte. Un Oceanío que adquiere una Licencia para Demandar no puede llevar a Corte una demanda por actos cometidos antes de que obtuviera la Licencia.

Poseedores de Licencias de la Corte de Oceanía deben de permitirse para ser citados como testigos y obligados a testificar. La Corte de Oceanía NO PUEDE requerir que un poseedor de Licencia rechace ningún otro de sus Derechos mas que el Derecho de Libertad con el propósito de ser citado a testificar y el Derecho a la Libre Expresión al obligarlo a testificar. En particular, la Corte no puede requerir que a los poseedores de Licencias se les quite su Derecho a la Propiedad cargándoles una cuota o impuesto por la Licencia, aunque puede hacer tal cargo por una evidencia impresa de tal licencia en la forma de una tarjeta o certificado. Aquellos que no deseen comprar la tarjeta o certificado tienen los mismos Otorgamientos que aquellos que si lo deseen. Un Niño se supone poseedor de Licencia si su principal Tutor la posee. Una Entidad se asume poseedora si sus miembros lo son.

Es de esperarse que toda Persona en Oceanía tendrá una Licencia para Demandar, puesto que serian muy vulnerables de ser explotados sin esta. También es de esperarse que la mayoría de los Oceanios no se asociarían o harían negocios con aquellos que no tengan esta Licencia.

Si un Oceanío a sido dañado por un diplomático o cualquier otro extranjero, oficial de Gobierno extranjero o agencia de Gobierno extranjero, el Oceanío tiene el mismo Otorgamiento de Justicia que si el Defensor fuera un Oceanío ordinario. No habrá ninguna "inmunidad a extranjeros" o "inmunidad diplomática" en Oceanía. En el interés de relaciones internacionales, un diplomático puede aceptar el exilio por un siglo en vez de una condena de prisión. Multas no pagadas por un diplomático se consideran responsabilidad de el Gobierno de este.

Los Niños, los deficientes mentales o con retraso mental, y todos aquellos otros con "menores capacidades" no tienen ninguna excepción de la responsabilidad de sus acciones, y pueden ser perseguidos cual Adultos ordinarios. Por supuesto, los Niños deben de ser cuidados mientras estén en prisión y los enfermos mentales deben de recibir el tratamiento necesario.

Los Derechos y Otorgamientos del Acusado en la Corte de Oceanía

A. El Derecho a una Persecución Justa: Cuando una parte que ha sido dañada es capaz de llevar una demanda o de mandar a un agente en su lugar, o previamente ha nombrado un agente por medio de una carta poder o testamento, solo el o su agente tiene el poder de Demandar. Si la parte dañada es un Niño, su Tutor tiene este poder, excepto cuando exista un conflicto con el Defensor (como en el caso de abuso de Niños por sus padres). Cuando la parte dañada no es accesible (por ejemplo, en el caso de homicidio), o es incapaz de nombrar un agente, el Pariente mas Cercano debe de llevar la demanda. En el caso de abuso de Niños, cualquier Oceanío puede demandar en lugar del Niño dañado. Cualquier Oceanío puede llevar una demanda en lugar de un ser que no sea Persona tal como animales y otros seres. En todo momento durante un juicio, el Demandante tiene completo control de la persecución del caso. El jurado puede determinar si existen conflictos de interés entre el Demandante, el juez o el Defensor.

Para evitar conflictos de interés, se recomienda que oficiales y empleados de la Corte de Oceanía utilicen Cortes privadas para resolver sus disputas. Aun tienen el Otorgamiento de la Corte de Oceanía si lo requieren, en cuyo caso deben de llevar la demanda a una Corte diferente de la cual en la que están empleados. Por supuesto, empleados de la Suprema Corte no tienen opción mas que usarla. El Gobierno de Oceanía puede llevar una demanda solo en el caso de Traición.

Esta ley existe para prevenir la practica de tener Cortes Kanguro, donde el juez, jurado, Demandante y testigos son todos empleados del Gobierno.

B. El Derecho a un Jurado: En todos los casos, el Derecho a un Jurado será respetado. Determinación de juicio final en toda demanda recae en el poder del jurado. Un Juez preside sobre la Corte e instruye al jurado, pero no tiene poder de modificar el juicio del jurado, ni de decidir sentencias o de citar a participantes por desacato. Todas estas funciones recaen sobre el jurado.

Por supuesto, si el Defensor pierde el caso, debe de pagar el costo de el juicio por jurado, por lo que se supone que los Defensores elegirán alternativas menos costosas. Pero si insiste, puede pedir un juicio por jurado con una multa de un gramo de oro.

C. El Derecho a un Territorio de Juego Justo: En toda demanda, cada parte declarará la máxima cantidad de Costos Legales que gastara en el caso. Definiremos a la parte que declare la mayor cantidad como rica y a la otra parte como pobre. El máximo Costo Legal que se puede recuperar por cada una de las partes es la menor de estas cantidades. Si la parte Rica así lo desea, puede subsidiar a la parte Pobre. Si tal subsidio se ofrece como parte de los Costos Legales recuperables, la parte Pobre puede rehusar el subsidio. Si el subsidio se ofrece en efectivo, la parte Pobre debe de aceptarlo, o de otro modo permitir que la parte Rica gaste esa cantidad como si la parte Pobre hubiera aceptado el subsidio. En este últimos caso, la parte Pobre no tiene obligación de gastar el efectivo en costos legales, y puede gastarlo como desee. Entidades privadas también pueden proveer dinero para que partes Pobres persigan casos.

Los Costos de la Corte son determinados por la Corte y siempre forman parte de el juicio contra el perdedor, incluso si este ha decidido no gastar dinero en el caso. Gastar dinero bajo la mesa en costos legales se considera desacato de Corte.

Es un hecho que muchas veces la cantidad que uno le paga a sus abogados determina la resolución de un juicio. La Corte tiene el Derecho de quitar Propiedad e incluso Libertad de la parte que pierda, por lo que es vital que exista un medio de equilibrar el poder de riquezas. La Corte de Oceanía esta dedicada a la justicia independiente de la riqueza.

D. El Derecho a Fianzas y Multas Justas: Nunca se requerirá de fianza excesiva ni se obligarán multas excesivas. Fianzas y multas no serán impuestas sin informar al acusado de la naturaleza y causa de la acusación. Una audiencia de fianza puede ser pedida dentro de el lapso de una hora. Fianzas y toda otra petición monetaria del Gobierno será aceptada en cualquier efecto monetario convertible.

Un Oceanío tiene le Otorgamiento de inmediatamente pedir que un gran jurado decida si este o cualquier otro Derecho en este articulo ha sido violado, y tiene el Derecho de pedir que se le conceda audiencia con un gran jurado dentro de las dos horas siguientes de su petición. Esto prevendrá que se encarcele a un Oceanío por días o semanas sin causa. Claro esta, este tendrá que pagar los costos del jurado si su queja es considerada invalida por el jurado.

El dinero de la fianza se le regresara íntegramente y en la misma forma cuando el Oceanío haga su aparición en Corte en la fecha prometida. Si la persona que dio la fianza para un Oceanío no hace acto de presencia para reclamar su dinero después de que el acusado a atendido a su cita, el dinero de la fianza se le deberá de mandar por correo a la persona en menos de 24 horas.

E. El Derecho a ser Considerado Inocente: Hasta el momento en que un Oceanío sea declarado culpable de un crimen, no se le puede retirar ninguno de los demás Derechos de un Oceanío inocente. Los lugares donde se detiene a un acusado deben de ser cómodos, tener acceso a todos los medios de comunicación, tener televisión, buena comida y servicio, regaderas privadas, anfitriones amables, etc. A demás de esto, a toda Persona que entra voluntariamente a una Corte se le debe decir si existe una orden de arresto en su contra, y se le debe permitir pagar una fianza en vez de ponerlo en una celda de detención. Si la persona no tiene el dinero de la fianza consigo, no podrá ser arrestada hasta que haya salido de la Propiedad de la Corte. Deben de haber medios de comunicación en Propiedad de la Corte para que el Oceanío pueda llamar a alguien que le facilite la fianza.

Tomar, o no permitirle el uso o control de cualquier Propiedad de un Oceanío que no haya sido declarado culpable Especificamente es una violación de este Derecho. Prevenir que el acusado utilice su dinero para contratar abogados es una violación de este Derecho. Particularmente detestamos las practicas de "comiso civil" y "revertir hacia atrás"[3] como la practican otros sistemas legales mas primitivos. Detener a un Oceanío en transito sin una orden de arresto es una violación de este Derecho. Quitarle su hijo a un Tutor antes de que el Tutor sea declarado culpable en una Corte de abuso de Niños es una violación de este Derecho, y es considerado como rapto.

F. El Derecho a un Juicio Rápido: El lapso de tiempo entre la acusación y el juicio no puede ser mayor de 30 días a menos que tanto el Defensor como el Demandante estén de acuerdo. Lo mismo ocurre con el lapso de tiempo entre apelaciones. No puede pasar mas de una hora entre la hora de aparición puesta por la Corte y la hora a la que realmente comience el juicio. Esto no es un Otorgamiento, pues es una limitación puesta en el Otorgamiento de Justicia del Demandante.

G. El Derecho a un Juicio Publico: Todos los juicios deben de ser abiertos al publico a menos que tanto el Demandante como el Defensor acepten lo contrario. Para prevenir la creación de cuartos de estrella, el documento por el cual el Defensor y el Demandante acceden a un juicio a puertas cerradas debe en si mismo ser publico. Los procedimientos de la Corte siempre deben ser documentados.

Cámaras de televisión y otros medios de comunicación pueden ser aceptados en Corte si el Defensor y el Demandante así lo aceptan. A los medios de comunicación se les permite pagar por este Privilegio.

El orden de casos que una Corte lleve en un día dado debe ser al azar, o asignado mediante un proceso publico y no a la discreción de la Corte. Esto pretende prevenir que la Corte tome casos controvertidos al ultimo o a horas poco comunes para evitar escrutinio publico.

H. El Derecho a un Juicio en Oceanía: Si la Persona es acusada de crímenes ocurridos fuera de Oceanía, no podrá ser extraditada al país que la acusa de los crímenes. En vez de esto, la Persona tendrá juicio en Oceanía. La fiscalía extranjera, publica o privada, pagara los costos de el juicio contra el acusado. Este Derecho existe en vez de "asilo político".

I. El Derecho a ser Protegido de Doble Peligro: Si una Persona es declarada inocente de un crimen, esta no puede ser juzgada otra vez por el mismo crimen. La penalidad por violar este Derecho es la misma que la de un falso arresto.

Si un Gobierno local acusa a alguien de un crimen del cual ya ha sido declarado inocente, un Gobierno de Condado o el Gobierno nacional no pueden juzgar a esa Persona por el mismo crimen. Tampoco puede un Oceanío ser juzgado por "diferentes" crímenes cometidos por la misma acción.

J. El Derecho de Revisión por un Jurado: Los tres niveles de las Cortes, la Suprema Corte, las Cortes de Condado y las Cortes Locales tienen la responsabilidad de decidir si una ley dada es constitucional. También, precedentes de juicios pasados pueden ser presentados a un jurado, pero el jurado es libre de decidir cada caso en sus propios méritos.

Todo procedimiento de Corte debe ser documentado, incluso juicios a puerta cerrada. Si el Defensor o el Demandante cree que la otra parte no esta siguiendo a la Constitución en los procedimientos, puede detener los procedimientos y pedir a un gran jurado local que decida si la Constitución ha sido violada. Un documento de los procedimientos se le dará a revisión al gran jurado. Si el gran jurado determina que existe la posibilidad de que la Constitución ha sido violada, un nuevo juicio entonces se realizara en otra Corte al mismo nivel para determinar si en efecto la Constitución fue violada. Si no hay otras Cortes al mismo nivel, entonces el gran jurado juzgara el caso. Una vez que este juicio se haya concluido, el caso original se puede continuar.

El máximo lapso de tiempo entre la petición de un gran jurado y la audiencia en frente de este es de dos horas. Esto se aplica a cualquier petición de un gran jurado que sea permitida por esta Constitución o por las leyes de Oceanía.

Es de esperarse que habrá un gran jurado disponible las 24 horas a menos de dos horas de distancia en todo momento dentro de Oceanía.

K. El Derecho a una Jurisdicción Justa: Si tanto el Defensor como el Demandante aceptan, pueden seleccionar una Corte privada. El Demandante, el Defensor y la Corte privada deben de estar de acuerdo en un Contrato de Corte; el Gobierno reconocerá todos los términos de un Contrato de Corte, incluyendo sentencia de prisión, mas bajo ninguna circunstancia puede el Gobierno pagar por acciones resultantes de un Contrato con una Corte privada.

Para demandas en la Corte de Oceanía, el Defensor tiene el Derecho de ser juzgado en la Corte mas local a donde reside. Si el Demandante y el Defensor aceptan, el caso puede ser juzgado en cualquier otra Corte.

L. El Derecho a una Relación Abogado-Cliente: Un Oceanío tiene el Derecho de tener conversaciones privadas con su abogado. Por lo tanto no se aceptara ninguna forma de espionaje que interfiera con esta relación. Un Abogado no puede ser encarcelado por rehusarse a testificar sobre el contenido de conversaciones privadas con su cliente. Por supuesto, la Privacía debe ser parte de un Contrato especifico entre el Abogado y su Cliente para de esta manera no violar el Derecho al Conocimiento del Abogado.

M. El Derecho a Protegerse de Auto-Incriminacion: Un Oceanío no puede ser forzado a testificar contra sí mismo. Este Derecho SI incluye a Entidades. Este Derecho no se debe de mal entender refiriéndose a amigos, parientes o asociados de el acusado.

El uso de Tortura para Forzar confesiones es particularmente detestable.

N. El Derecho a un Jurado Informado Plenamente: Antes de que comience un juicio el juez debe de notificar al jurado de su Derecho de ley común y obligación de decidir si una ley es justa y si se aplica al caso especifico que se esta juzgando. El jurado también debe de estar informado que leyes en violación de la Constitución son invalidas.

Al jurado no se le puede retirar en ningún momento del lugar donde se esta llevando a cabo el juicio para evitar que escuchen evidencia. Un juicio no puede ser declarado nulo por la existencia de evidencia "prejudicial". El juez no tiene el poder de retirar evidencia del récord. Se espera que los jurados serán Adultos razonables competentes para juzgar quien miente y quien no.

Cualquier evidencia apropiada ilegalmente SERA permitida en Corte. Contrario a Gobiernos corruptos que permiten que tanto el oficial que cometió el arresto como el criminal salgan libres, en Oceanía se le juzgara a ambos.

El uso de testigos expertos es permitido, pero el jurado debe de estar informado de que ningún testigo esta libre de prejuicios.

O. El Derecho a Ser Perdonado: El estatuto de limitaciones de perseguir un crimen no puede ser superior a diez años. Este Derecho se le da a corporaciones extranjeras y a Personas extranjeras así como a todo Oceanío. Cualquiera que no haya sido juzgado por un crimen sino hasta después de diez años de haberlo cometido será perdonado, a menos de que haya pasado ese tiempo en animación suspendida o de otra manera inconsciente.

La razón por est es que la meta principal de encarcelar a una persona no es la retribución o la rehabilitación, sino la prevención de que el prisionero cometa crímenes por un periodo de tiempo, y como factor disuasivo. Si alguien no a cometido crímenes en los últimos diez años esta meta ya se ha cumplido.

Es legal para las prisiones y centros de detención juveniles el intentar la rehabilitación. Esta a cargo de las Cortes individuales decidir si desean pagar por estos intentos.

P. El Derecho de ser Testigo en Decisiones: Decisiones ex parte, hechas cuando el Defensor o el Demandante no están presentes en la Corte, son ilegales.

Q. El Derecho a Jueces y Jurados sin Prejuicios: Jueces y jurados pueden ser pagados por sus servicios solo en base de hora por hora. No se les puede dar bonos por convicciones o declaraciones de inocencia. El declarar culpable a un juez o jurado de aceptar tal cohecho es base para apelar de todas las Personas declaradas culpables por ese juez o jurado.

La únicas preguntas que la Corte le puede hacer a un jurado antes del juicio es "[[questiondown]]Hay alguna razón por la cual en este caso no puedas dar un juicio justo y sin prejuicios?" y "[[questiondown]]Eres capaz de entender la evidencia?". Si, durante un juicio, un miembro del jurado decide que tiene prejuicios o que no es capaz de entender la evidencia, puede pedir ser retirado del jurado sin consecuencia. Se espera que todo jurado tendrá miembros extras para tales contingencias.

R. El Otorgamiento de Citatorio: El Defensor tiene el Otorgamiento de citar testigos que posean Licencia de la Corte de Oceanía y evidencia física perteneciente a poseedores de Licencias en su ayuda. De igual manera, el Demandante tendrá el Otorgamiento de citar testigos y evidencia física en ayuda de su caso. Personas que hayan sido citadas pueden demandar por falso arresto si el jurado considera el citatorio frívolo.

Un testigo citado que se rehuse a testificar puede ser encarcelado por diez días. Ninguna otra compulsión puede ser utilizada, y no mas de un periodo de catorce días puede ser utilizado contra un testigo por la duración de un juicio, aun si el testigo es llamado a testificar mas de una vez por diferentes razones.

El Derecho de Relación Abogado-Cliente tiene mas importancia que el Otorgamiento de Citatorio. Un abogado no puede ser encarcelado por rehusarse romper la confidencia con su cliente. Un periodista no puede ser encarcelado por rehusarse a nombrar a sus fuentes de información.

S. El Derecho a Habeas Corpus: Un Oceanío puede demandar que se le lleve frente a una Corte dentro de las dos horas siguientes a su detención y puede demandar que se le diga por que ha sido detenido.

T. El Derecho a Contrademanda Inmediata: Un Defensor declarado inocente de un crimen puede inmediatamente contrademandar al Demandante o falso arresto y tener su caso tratado en la misma Corte y por el mismo jurado. Un Defensor ya sea declarado inocente o culpable puede contrademandar inmediatamente por exceso de Fuerza en su arresto. Un testigo citado a testificar puede en este momento también demandar por falso arresto.

Si el jurado encuentra que una demanda es frívola e injustificada, puede juzgar al demandante por hostigamiento.

El juez y la propia Corte pueden ser demandados inmediatamente en una demanda procesada por el mismo jurado y un juez diferente si cualquiera de los litigantes desea demandar por prejuicio o procedimiento ilegal. Solo los litigantes tienen este poder de demandar, pero otros que se encuentren en la Corte, incluyendo a miembros del publico pueden funcionar como testigos.

Es de desearse que la misma Corte que ha escuchado toda la evidencia en un caso decida si los arrestos fueron justificados, si se utilizo Fuerza innecesaria y si la Corte misma mostró un prejuicio. El uso de Fuerza innecesaria en un arresto es enjuiciable como asalto y agresión u homicidio según sea apropiado. El uso de Fuerza sin una orden de arresto es particularmente detestado.

U. El Derecho a un Servicio Rápido: Si la Corte de Oceanía o cualquier otra oficina de Gobierno hace esperar a un Oceanío una cantidad de tiempo irrazonable, especialmente después de un arresto, esa oficina puede ser demandada por falso arresto.

Porque el Gobierno es un monopolio, el ser hecho esperar en una fila no tiene diferencia con el estar encadenado. El propósito principal de este Derecho es el que el sistema judicial no cometa injusticias al detener al defensor en largas y lentas filas. Para utilizar este Derecho, un Oceanío puede llevar cámaras de video, relojes u otros dispositivos para documentar su espera.

V. El Derecho de Comunicación con un Abogado: Una persona detenida en una sala de detención debe de tener el Derecho de comunicarse con su abogado para su defensa, con los cargos de la comunicación agregados a los eventuales Costos de Corte. El Derecho de Servicio Rápido también se aplica aquí.

La practica de rodear la casa de el Defensor con tanques y agentes armados para prevenirlos de comunicarse con su abogado es una violación particularmente horrenda de este Derecho.

W. El Derecho de Investigación: Si un Oceanío encuentra evidencia de que un oficial de Gobierno ha cometido Fraude, tiene el Derecho de traer esto a un gran jurado.

X. El Derecho de Conocer la Ley: Copias de todas las leyes deben de encontrarse accesibles en todas las Cortes de Oceanía. Es legal el tener copias disponibles solo en formato electrónico que pueda ser leído por computadoras personales. También es recomendable que sean accesibles copias de decisiones importantes de las Cortes, aunque estas no tengan la Fuerza completa de ley.

Es ilegal modificar las leyes retroactivamente. El Gobierno de Oceanía no puede perseguir a alguien por una acción que no era un crimen cuando fue cometida. Pero en reversa, cambiar una ley retroactivamente para permitir una acción, puede ser permitido. Si el castigo por un crimen es aumentado por una nueva ley el nuevo castigo no puede ser aplicado a crímenes pasados. Si el castigo de un crimen es reducido por una nueva ley esto si se aplica a crímenes pasados.

Y. El Derecho de Trato Humano: Un prisionero no puede ser sujeto a un castigo cruel o fuera de lo común. Un prisionero puede pedir una audiencia con un gran jurado para que este decida si ha sido tratado inhumanamente. Por supuesto, si pierde el caso, tendrá que pagar los costos de la Audiencia.

Z. El Derecho a no ser Castigado por las Acciones de Otros: Si un Oceanío no incita a otro a cometer un crimen, no será responsable por este. Por ejemplo, si una Persona bebe demasiado en un bar y se encuentra después involucrado en un accidente, el responsable será el bebedor, no el que le vendió o fabrico la bebida. O si una Persona mata a otra con una pistola. el asesino será el culpable y no el vendedor o el fabricante de el Arma. O, si una Persona se le olvida el preguntar sobre los peligros de una operación, será responsable de esto y no su medico. Se asume que aquellos Adultos que viven en Oceanía no desean ser tratados como Niños.

Los Derechos y Otorgamientos de Prisioneros

Los Prisioneros pierden, o se les previene de ejercitar muchos de sus Derechos mientras están en prisión, y por esa razón se les da varios Otorgamientos.

Los Prisioneros tienen el Otorgamiento de comida, habitación, cuidado medico básico y ropa. Los Prisioneros tienen el Derecho de hablar con un abogado, así como lo tienen otros detenidos. Los Prisioneros retienen su Derecho a la Autodeterminación, y no pueden ser esterilizados o tatuados. Los Prisioneros retienen su Derecho a la Propiedad que no se les fue tomada como parte de su condena, y no pueden ser forzados a trabajar para otro. A los Prisioneros se les puede permitir trabajar para reducir sus sentencias.

2. Poder Ejecutivo

A. El Poder Ejecutivo incluye un Presidente y un Vicepresidente, cuya única obligación es la de reemplazar al Presidente si este muere o esta incapacitado. El Presidente tiene poderes para:

Poner un referendum a voto para la siguiente elección.

Perdonar a Oceanios condenados.

Firmar Contratos menores y legislación.

En los tres casos, si un gran jurado determina que existe un conflicto de interés, entonces la siguiente Persona en la cadena de sucesión tendrá la obligación de tomar las obligaciones del Presidente para ese caso particular.

En todo caso en el que el Presidente firme un Contrato o una legislación, debe de ir frente a un gran jurado seleccionado al azar y tener el consentimiento de dos terceras partes de este para tales acciones. El Presidente puede llevar varios Contratos y legislación en frente del jurado al mismo tiempo si los Contratos y legislación son simples. Todo Contrato mayor y legislación debe de ser llevada a la gente en la forma de referendum, que requieren dos terceras partes del voto para pasar. Por supuesto, un referendum inconstitucional o el voto de un gran jurado no es valido y debe de ser ignorado. Ningún Contrato del Gobierno puede extenderse por mas de diez años.

Para asegurarse que todos los Contratos y legislación mayores se lleven frente al publico, existe un periodo de 60 días después de que todo Contrato y legislación menor han sido aprobados. Durante este periodo de espera, un Oceanío puede tomar las firmas de un 1% de los Votantes para llamar a un referendum de estas medidas. Todo Contrato menor y legislación se considera aprobado hasta después de este periodo de espera.

El Presidente no tiene el poder de firmar tratados sino hasta que hayan sido aprobados por un voto del 75% de los Oceanios Votantes. Por supuesto, un Oceanío tiene prohibido votar por un tratado inconstitucional. El Presidente no tiene el poder de declarar un estado de emergencia nacional otorgándole poderes especiales.

Si el Presidente y el Vicepresidente mueren, o están incapacitados, la cadena de sucesión es: Comandante en Jefe, Comandante de Fuerza Aérea y Espacial, Comandante de la Armada, Comandante de la Marina, Jefe de la Suprema Corte, luego los miembros restantes de la Suprema Corte seleccionados al azar. El Presidente nombra reemplazos para vacantes en puestos elegidos si la Persona se encuentra incapacitada por muerte, heridas, enfermedad, renuncia, enfermedad mental o encarcelamiento. Si una Persona ha abandonado su puesto por mas de 30 días consecutivos, se considera que esa Persona ha renunciado.

El proceso para sacar al Presidente o a cualquier otro oficial elegido es el de declararlos culpables de un crimen con sentencia de prisión. Una vez que se le ha sentenciado a prisión, no pueden mantener el puesto elegido por el resto de su periodo.

B. El Departamento de Guerra consiste de el Comandante en Jefe, el Comandante de la Fuerza Aérea y Espacial, el Comandante de la Armada y el Comandante de la Marina. Cada uno de estos puestos es elegido cada cuatro años, en años alternados. Inicialmente el Comandante en Jefe servirá solo un año, el Comandante de la Fuerza Aérea y Espacial solo dos años y el Comandante de la Armada solo tres años - El Comandante de la Fuerza Aérea y Espacial esta a cargo de nombramientos en la Fuerza Aérea y Espacial, y de manera similar los Comandantes de la Armada y de la Marina. Estos Comandantes controlan los presupuestos de sus departamentos respectivos, y tienen la discreción de gastar estos presupuestos. Por supuesto, el publico tiene control final en el hecho de que elige Comandantes y escoge directamente si fundar o no sus presupuestos.

Las tres agencias de Fuerza Aérea y Espacial, Armada, y Marina harán Contratos con milicias privadas, utilizando no menos de tres milicias diferentes por agencia para encontrarse en estado activo. Milicias que no sean escogidas para estado activo pueden ser seleccionadas como reserva nacional, normalmente se les pedirá que únicamente practiquen un mes o menos al año.

Las milicias activas deben de encontrarse listas las 24 horas pero pueden participar en otras actividades mientras que no se encuentren en actividades militares.

C. El Departamento Anti-Ley rechaza leyes por referendum para leyes mayores, y por jurado para leyes menores. Este departamento puede pedir referendum y juicios de tribunal, los Oceanios pueden hacer peticiones a este departamento o pedir referendum por una petición firmada por 1% o mas de los Votantes.

El Director en Jefe del Departamento Anti-Ley es elegido por el pueblo y es responsable de llevar el departamento y su presupuesto como desee, mientras sea consistente con la ley de Oceanía.

3. Poder Legislativo

Toda la legislación en Oceanía la realiza directamente el pueblo. Esta Constitución no permite un cuerpo representativo elegido.

Finalmente el problema del cabildeo se resuelve. El Gobierno de Oceanía será uno que no le pague a sus campesinos para que no produzcan. El problema de un poderoso legislador forzando a los demás a votar a su modo también será resuelto.

Ninguna ley puede violar los Derechos de los Oceanios. Una ley inconstitucional no puede hacerse cumplir. Es de esperarse, y altamente deseable, que un Oceanío típico pase su Vida entera pacíficamente sin encontrarse con una ley, utilizando las Cortes para resolver conflictos y controlar el crimen, y al Departamento de guerra para proveer defensa. Siempre que surja un problema se desea que los Oceanios no pregunten "[[questiondown]]Que ley podemos imponer?" sino "[[questiondown]]Que negocio podemos crear?"

El método en si para elecciones esta a cargo de las Entidades privadas contratadas para administrar el voto, pero el método debe permitir que el Voto sea secreto, es decir, sin la posibilidad de que alguien influya en el o descubra como un Votante particular ha decidido. Ningún voto se puede realizar en ausencia, pues esto no puede garantizar Privacía. El voto se puede realizar electronicamente o por cualquier otro método que no haya sido prohibido por referendum con excepción de el voto en ausencia. Un Votante que no se vaya a encontrar en Oceanía el día del voto puede votar en persona durante los 30 días antes del día de las elecciones.

Como ha sido mencionado anteriormente, el Fraude electoral se considera Traición contra Oceanía. Esto incluye votar mas de una vez, votar en nombre de otra Persona, prohibir acceso a las urnas a un candidato legitimo o referendum, cohecho o intimidación a los Votantes, aceptar votos no dados en persona, engañar sobre los contenidos de las urnas, y el no cumplir a los Votantes promesas especificas escritas por los candidatos.

Un candidato político no pierde su Derecho a Expresarse. Es ilegal el requerir limites en la cantidad que se gaste en una campaña electoral o el pedir a candidatos que revelen las fuentes de sus fondos de campaña. El Gobierno y las Entidades que administren las elecciones no tienen este Derecho. Se les es prohibido el imprimir materia que le diga a los ciudadanos de que modo deben de votar en una elección.

Los Oceanios no rechazan su soberanía al votar por una Persona. Los Oceanios tienen un Gobierno directo y no requieren que alguien los represente en todos los hechos vitales.

A. Pasar Leyes Mayores: Las leyes mayores deben de ser pasadas por referendum, como se describe posteriormente.

B. Pasar Leyes Menores: El Presidente de Oceanía puede llevar leyes menores y Contratos a un gran jurado y estos pueden ser aceptados con dos terceras partes del voto de este. Se requiere un periodo de espera de 60 días antes de que la ley se vuelva valida. Si, durante ese periodo de 60 días, se presenta al Presidente una petición con las firmas de el 1% de los Votantes , la ley se convierte en una mayor y tiene que ser presentada al pueblo para un referendum.

C. Retirar Leyes Mayores: Leyes que hayan sido pasadas por referendum pueden ser rechazadas por referendum. El Departamento Anti-Ley puede pedir que el rechazo de una ley se ponga a referendum.

D. Retirar Leyes Menores: Leyes que hayan sido impuestas por el voto de un jurado pueden ser retiradas por el voto de un jurado a petición de el Presidente o del Departamento Anti-Ley. También pueden ser retiradas de igual manera que las leyes Mayores.

E. Leyes en Conflicto: Deben de ser retiradas por el voto de un gran jurado.

F. El Derecho al Voto: Todo Adulto y Adolescente en Oceanía que no este actualmente en prisión se considera un Votante, y puede votar en elecciones. Niños, incluyendo Oceanios mayores que hayan sido declarados Niños por una Corte, no pueden votar. Una Persona menor de trece años que haya sido declarada Adolescente o Adulto puede votar. El Derecho de Adultos y Adolescentes al voto no se puede negar o limitar por raza, creencias, sexo, preferencia sexual, limitaciones, o cualquier otra razón que no sea la de estar encarcelado por un crimen. La razón de esta restricción es que los miembros de un gran jurado y otros oficiales de la Corte son elegidos a esos puestos, y podrían ser influenciados por crimen organizado si los prisioneros pudieran votar.

G. Referendum: Para que un referendum tenga acceso a las urnas, una petición que contenga el 1% de los Votantes en la jurisdicción afectada por el referendum se debe de presentar a los administradores de las elecciones. El Presidente de Oceanía y el Departamento Anti-Ley también pueden poner referendum en las urnas. Los Votantes pueden votar "si" o "no" a un referendum. Si el 66% de aquellos que voten votan "si", el referendum pasa y se convierte en ley (asumiendo que es constitucional), a menos que un porcentaje diferente se especifique en la Constitución. El voto por un referendum debe de hacerse no mas de 60 días después de que se ha presentado.

Un referendum puede realizarse para sacar de su puesto a un oficial publico, o para eliminar por completo el puesto.

H. Puestos Elegidos: Cualquier Adulto o Adolescente que no se encuentre en prisión puede ser elegido para cualquier puesto elegido. A discreción de la Entidad que administre las elecciones, se les puede requerir a los candidatos que presenten una petición con las firmas de 100 Votantes antes de que se le de acceso a las urnas al candidato. Normalmente se recomienda que todo candidato que desee ser presentado en las urnas lo sea. Ningún cargo se puede hacer por acceso a las urnas.

Para cada puesto elegido, las urnas tendrán una lista de los candidatos para ese puesto, así como "Ninguno de los Mencionados" y "Eliminar este Puesto". Cada Votante indicara en su papeleta cuales de los candidatos llenan su aprobación para ese puesto. El Votante puede dar su aprobación por ninguno, uno, o cualquier numero de los candidatos para ese puesto. Al candidato que reciba el mayor numero de aprobaciones será al que se le de el puesto. Si "Ninguno de los Mencionados" recibe el mayor numero de aprobaciones, el puesto estará vacante y sin fondos por el periodo normal. Si "Eliminar este Puesto" gana, el puesto en si será eliminado. Por supuesto, ningún candidato puede utilizar los nombres "Ninguno de los Mencionados" ni "Eliminar este Puesto".

Ningún Oceanío puede tener un puesto por mas de cuatro años consecutivos. Una vez que estos cuatro años hayan transcurrido, no puede ser elegido para ese puesto sino hasta que hayan pasado otros cuatro años.

I. Partidos Políticos: Los Oceanios tienen el Derecho de formar partidos políticos. A los partidos políticos no se les pueden otorgar Derechos ni Privilegios que no tengan individuos que busquen un puesto elegido. El candidato puede pedir que en caso muerte o incapacidad el acceso a las urnas se le de a otra Persona designada por el. Por supuesto, una Persona puede formar un partido político y tener el mismo Derecho.

El propósito de un partido político es el de darle a los Votantes una idea de las filosofías y opiniones comunes a los miembros de un partido, para ayudarlos en su decisión. Los partidos políticos tienen el Derecho de poner en las urnas a cualquier candidato que decidan, y rehusarse a poner a cualquiera que decidan. Bajo ninguna circunstancia podrán los partidos políticos ser utilizados para rehusar el acceso a las urnas al que lo desee, o para dar Privilegios especiales a miembros de partidos mayores que se les rehusen a miembros de partidos menores.

J. Resultados de las elecciones: No habrá una agencia Gubernamental central que recolecte o reporte los resultados de una elección. Los administradores de la elecciones reportaran directamente a la prensa o a otras Entidades con las que hayan contratado. Los candidatos para un puesto deben de enterarse por si mismos quien ha ganado el puesto que buscaban, y en caso de disputas, deben de resolver el conflicto en Corte. Los administradores de la elección pueden ser citados para tales casos.

4. Estructura de Poder en Oceanía

Muchos de los poderes de el Gobierno se han quitado de sus manos. Únicamente con el propósito de clarificar que no omitimos poderes porque no hemos pensado en ellos, pondremos en forma de lista aquí a donde se han puesto los poderes que tradicionalmente ha tenido el Gobierno. El Gobierno no puede crear nuevas agencias o asumir nuevos poderes que no se le hayan dado explícitamente aquí.

A. Los siguientes poderes se les han dado a Negocios Restringidos. Todo este tipo de negocios deben de tener a la luz publica los documentos relevantes y ofrecerlos al costo, pero pueden fuera de esto operar como deseen, incluyendo poner sus propias horas de trabajo -- incluso Entidades electorales. Cualquier Oceanío puede crear tal Entidad. Estas Entidades pueden estar involucradas en mas de uno de este tipo de negocios.

Expedición y registro de marcas registradas, patentes y Derechos de autor.

Registro de Contratos, también se recomienda que tales Entidades también tengan notarios.

Pasaportes. Entidades privadas proveerán pasaportes para Oceanios Permanentes y a Hijos de Oceanios Permanentes menores de doce meses de edad. Aunque no se requieren pasaportes para entrar en Oceanía, pueden haber usos para este tipo de documentos para personas que deseen entrar a otros países. Los Oceanios pueden tener pasaportes de mas de un país.

Certificados de nacimiento y defunción.

Elecciones. Estas Entidades privadas tienen restricciones adicionales para prevenir Fraude:

Las urnas físicas, peticiones y otra evidencia de los resultados de una elección no pueden ser destruidas sino hasta diez años después de una elección.

Administradores de las elecciones deben permitir que las urnas y otra evidencia sean citadas por la Corte.

Empleados de la Entidad que administre las elecciones no pueden tener o ser elegidos por un puesto elegido.

No pueden rehusar acceso a las urnas a cualquier candidato o referendum que cumpla con los requisitos constitucionales.

B. Los siguientes poderes se otorgan a Negocios sin Restricciones. Es decir, el Gobierno no puede tomar parte en estas actividades aparte de juzgar Contratos creados en un Libre Mercado.

Dinero: El Gobierno de Oceanía no puede expedir o controlar monedas y billetes. Bancos privados pueden expedir dinero, el uso y aceptación de este es completamente voluntario. Es de esperarse que todo Contrato especifique que monedas serán aceptables como forma de pago.

Bienes y Valores: Entidades Privadas estarán a cargo de poner en el mercado bienes y valores. Entidades privadas tendrán a su cargo casas de bolsa, mercados de valores y de poner las reglas que estos mercados seguirán.

Prestamos, incluyendo prestamos estudiantiles.

Licenciamiento de Profesionistas: Entidades Privadas pueden expedir licencias a Oceanios de diversas profesiones. Por supuesto, es voluntario que un profesionista tenga tal licencia, y los consumidores son libres de contratar a cualquier profesionista sin licencia si lo desean.

Etiquetado de productos: Entidades privadas pueden sancionar tipos de etiquetado de productos. Esto incluye alegaciones de seguridad y eficacia de productos médicos. Por supuesto, es voluntario el que una compañía utilice tales etiquetas.

Servicios postales y timbres.

Normas de pesos y medidas.

Agrimensura y peritación.

Generación de electricidad.

Agua: Agua para usos residenciales, industriales o en agricultura será comprada y vendida como cualquier otro objeto.

Escuelas: La practica de tener al Gobierno administrando escuelas, imponiendo normas escolares, y obligando asistencia está en contra de una sociedad libre. Únicamente los Tutores tienen el Derecho de determinar como y donde serán educados sus Hijos, incluyendo educación en la casa.

Vivienda: Entidades privadas controlarán la vivienda.

Servicios de protección y de comportamiento de Niños.

Campamentos , teatros y otras actividades para Niños.

Adopciones: Jamas se debe permitir que el cuidado de Niños caiga en manos del Gobierno. La adopción es un Contrato privado entre los padres biológicos, los padres adoptivos y una Entidad privada de adopción, si es que esta es necesaria.

Bibliotecas y museos: Entidades privadas darán fondos, construirán y controlaran bibliotecas y museos. El Gobierno no puede regular lo que la gente lea, el arte que pueden ver, o que versión histórica desean creer.

Arte: El Libre Mercado soportará el arte que el mercado desee. Esto incluye la pintura, la escultura, ballet, sinfonías, teatros, centros culturales, galerías de arte, centros de arte, cinematografía, libros de ficción y orquestas. En particular, el Gobierno tiene prohibido el censurar arte, antes o después de su producción.

Preservación histórica y arqueología: La Propiedad privada no se convierte en publica simplemente porque es interesante. Preservación histórica y actividades arqueológicas serán realizadas por Entidades privadas.

Aeropuertos, trenes y otros medios de transporte masivo.

Control de transito: Las Entidades privadas que sean dueñas de carreteras serán responsables de hacer y mantener sus leyes de transito. Solo se utilizaran para imponerlas penalidades por transgresión y peligrar vidas cual dispuesto en las leyes de Oceanía.

Seguros: Entidades privadas regirán todos los seguros. Esto incluye seguros bancarios, planes de pensión, seguros de importaciones y exportaciones, seguros de desastres, seguros médicos y de Vida, seguros de incapacidad y seguros de desempleo.

Inspección de alimentos: Es de esperarse que los restaurantes y proveedores de alimentos tendrán seguros contra responsabilidad civil, y que las compañías de seguros pondrán sus reglas de seguridad en alimentos.

Inspecciones de seguridad en automóviles : Como con los alimentos, vendedores de seguros contra responsabilidad civil pondrán sus propios reglamentos de seguridad.

Regulación de consumidores: Toda regulación de seguridad, de protección al consumidor, y otras regulaciones de negocios se lograran por el Libre Mercado.

Servicios de protección al Consumidor: Problemas de los consumidores serán arreglados en las Cortes publicas o privadas.

Planos e inspecciones de edificaciones serán acuerdos entre bancos, prestamistas, constructores y aseguradoras.

Lavado de automóviles.

Reparación de automóviles y grúas.

Control de emisiones en automóviles y maquinaria.

Hospitales: Los Oceanios pueden crear y utilizar los hospitales, hospicios, asilos de ancianos y centros de atención medica que deseen.

Medicinas y otros cuidados médicos.

Servicios veterinarios.

Servicios de salud mental: Las enfermedades mentales son solo eso -- enfermedades. Hospitales privados pueden dar tratamiento a pacientes mentales como si fueran otros pacientes. En particular, ningún hospital tiene el poder de encarcelar a una Persona en contra de su voluntad a menos que tal Persona haya sido previamente declarada un Niño por las Cortes.

Cementerios.

Servicios forenses y otras investigaciones criminales.

Parques y otras instalaciones recreativas.

Servicios de clases al publico tales como ejercicio aeróbico, artes marciales, lucha libre, baile, billar y yoga.

Centros de rehabilitación.

Entrenamiento laboral y búsqueda de empleos.

Acompañamientos: Acompañamientos para dignatarios visitantes, oficiales públicos, funerales, desfiles y otros eventos especiales serán realizados por Entidades privadas.

Predicción del clima.

Deportes amateurs y profesionales.

Agricultura y forestación: El Gobierno de Oceanía no puede pagarle a campesinos para que se abstengan de producir alimentos, no subsidiara la forestación al construir carreteras y regalando tierras para ser destruidas y no controlara irrigación.

Racionamiento: El Libre Mercado reemplazara esta función del Gobierno al poner precios en bienes y servicios basándose en oferta y demanda.

Los Carteles y monopolios no podrán ser creados por el Gobierno, ni este interferirá con la creación privada de estos.

Planeamiento económico.

Investigación científica.

Explotación y producción de energéticos. El acceso a la energía no será controlado ni prohibido por el Gobierno.

Taxis.

Juegos de azar: la regulación del Gobierno en juegos de azar es una violación de el Derecho a la Propiedad.

Caridades: Caridades del Gobierno son compasión a punta de pistola. Solo caridades privadas, que sean directamente responsables ante sus contribuyentes existirán en Oceanía.

Turismo.

Los empleados pueden negociar libremente lo siguiente con sus patrones y/o clientes:

Controles de precios y salarios.

Regulaciones de seguridad laboral, es de esperarse que compañías de seguros privadas establecerán sus propias normas.

Niveles de presión en ambientes de trabajo.

Definición y persecución de acoso sexual.

Seguros médicos, dentales, de incapacidad, de desempleo, de Vida, compensación al trabajador, seguro social o pensiones y otros seguros.

Exámenes médicos, exámenes de drogas, y otros exámenes de calificación de empleados.

Facilidades en los edificios, tales como puertas, baños, y sistemas de seguridad.

Regulaciones contra el tabaco.

Reglas contra o a favor de discriminación.

Negociaciones de Contratos y relaciones laborales y sindicales.

C. Los siguientes poderes han sido otorgados a los Desarrollos Habitacionales. Por supuesto, un individuo también puede contratar estos servicios en el Libre Mercado si su Desarrollo Habitacional no los provee, o si no son miembros de uno.

Contratación o elección de administradores.

Protección de Policía y contra Incendios. Compañías de seguros contra robo y contra incendio pueden poner sus propias reglas y normas de protección.

Seguros contra desastres.

Mantenimiento de la infraestructura (energía eléctrica, agua (incluyendo fluoración de esta), carreteras, pinturas en las paredes, control de animales, etc.)

Facilidades de la comunidad tales como albercas, campos de golf, plazas de hockey, gimnasios, campos de deporte, etc.

Control de rentas, códigos de construcción y regulación de zonas.

D. Los siguientes poderes se le dan a El Pueblo, para controlar por referendum:

Contaminación: El control de la contaminación lo debe de realizar el Oceanío al que su tierra, agua o aire ha sido dañado o aquel al que su Vida y salud se ha puesto en peligro por esta contaminación. Debido a la naturaleza muchas veces azarosa de peligros ecológicos, el pueblo puede votar por referendum que niveles de una toxina particular se consideran peligrosos para el propósito de decisiones de la Corte, y cuales son las cantidades permisibles de los daños. Un referendum de este tipo no restringe la habilidad de que la parte directamente dañada demande por daños específicos.

Lo que esto significa, por ejemplo, es que porque se considera que si se conoce que el plomo causa problemas de salud en un porcentaje de la población, se puede pasar un referendum que determine un nivel especifico que se pueda considerar como "dañino" en el agua potable, Después de tal referendum, cualquiera que encuentre tales cantidades de plomo en su agua potable puede demandar al proveedor de agua por daños especificados en el referendum, aun si el no ha sido uno de los pocos que realmente sufra síntomas. Aquellos que en realidad sufran sintamos y puedan comprobar causalidad pueden demandar independientemente del referendum y obtener compensación especifica. También, si alguien puede demostrar que ha sido dañado por cantidades menores de plomo, puede demandar por sus daños.

Especies en vías de extinción: Limites de caza, destruir un hábitat, o de otro modo lastimar especies designadas puede ser controlado por referendum. El referendum deberá de designar un fondo voluntario para compensar a los Oceanios lastimados por este referendum y el referendum no tendrá Fuerza en los casos en que haya insuficientes fondos para pagar a los Oceanios lastimados por el referendum.

Por supuesto, criar tales especies en cautiverio para incrementar su numero es aceptable, incluso si algunos animales son vendidos o utilizados de otro modo para ayudar a pagar el proyecto.

Aborto: El pueblo puede, por referendum, poner restricciones en abortos a partir del tercer mes de gestación en casos en el que la Vida de la madre no se encuentre en peligro.

Apariencia de Pasaportes: Cambios permitidos en la apariencia de pasaportes pueden realizarse por referendum. La apariencia original es la desarrollada por los fundadores de Oceanía.

Guerra: El pueblo puede, por referendum como especifica el Articulo Cuatro, Seguridad Nacional, hacer declaraciones de guerra. Un referendum puede ser usado para agregar o retirar países de la lista de enemigos del Gobierno.

Reconocimiento de nuevas clases de Personas.

Modificación o disolución del Gobierno.

Cuarentena de Personas con enfermedades infecciosas.

Establecer secciones electorales.

E. Los siguientes poderes están reservados para Cada Oceanío Individual:

El Articulo Uno, Lista Parcial de Derechos, detalla los Derechos de cada uno de los Oceanios. A continuación se mencionan poderes específicos que normalmente usurpan los Gobiernos:

Vida: Cada Persona puede decidir cuando y como terminar su Vida.

Reproducción y control de la natalidad.

Medicinas, vitaminas y otros cuidados médicos.

Matrimonio: Cada Oceanío puede decidir los términos de su Contrato de matrimonio, o si desea o no crear tal Contrato.

Herencias: Cada Oceanío puede decidir a quien se le dará su Propiedad (incluyendo su cuerpo) después de su muerte. En el evento de que tal Persona muera sin haber dejado instrucciones explícitas de la distribución de su Propiedad, el Pariente Mas Cercano será el heredero. Si no hay un pariente vivo, cualquiera que haga una petición de la Propiedad (tal como amigos o caridades favoritas del fallecido) a un jurado será el heredero. El Gobierno jamas podrá ser el heredero de una porción a menos de que se le de explícitamente en un testamento.

F. Los siguientes poderes se le han quitado al Gobierno y no se les asigna a Nadie:

Impuestos: Nadie tiene el poder de imponer impuestos. De igual manera, la profesión de asesor ha sido eliminada.

Embajadas.

Evacuación: Nadie puede Forzar a un Oceanío a abandonar su Propiedad por su propia "protección". Si un Oceanío desea vivir en una Propiedad peligrosa, esa es su elección.

Dominio eminente: La Propiedad de cada Oceanío es completamente suya.

Tortura.

Controles Financieros: A nadie se le puede prohibir sacar o introducir dinero u otros valores de Oceanía. Nadie puede prohibir el trafico de bienes, valores y acciones. Nadie puede prohibir la propiedad o controlar el valor de oro u otras comodidades. Nadie puede congelar a la Fuerza cuentas de cheques o de ahorro de otros.

Es de esperarse que aquellos lectores de esta Constitución que no sean Oceanios se den cuenta de la larga lista de poderes que le han confiado a su Gobierno. Deben de recordar que el poder absoluto corrompe absolutamente.

ARTICULO TRES
Poderes Especificamente Prohibidos al Gobierno

Si un poder se le es prohibido específicamente al Gobierno, esto significa no solamente que es ilegal que el Gobierno cobre impuestos para pagar este poder, también es ilegal que el Gobierno acepte contribuciones voluntarias para pagar este poder. Ser requiere de un voto del 95% para retirar un punto de esta lista. Un voto del 66% es suficiente para agregar un punto.

Muchas de estas restricciones se mencionan en otros lugares de esta Constitución. Se repiten aquí por claridad y énfasis, porque los Gobiernos tradicionalmente usurpan estos poderes.

A. Impuestos: El Gobierno tiene prohibido cobrar impuestos. Cuotas de usuario se pueden pedir por el Sistema de Justicia de los perdedores en las Cortes. Ninguna otra cuota puede ser requerida por el Gobierno. El uso de estampas de ingresos, impuestos sobre las ventas, impuestos por uso, impuestos contra herencias, impuestos de bienes raíces, impuestos sobre regalos, tarifas, cuotas de Licencias, impuestos al "pecado", impuestos a la Propiedad, impuestos a profesionistas, impuestos a desempleados, impuestos al servicio, impuestos sobre servicios médicos, tarifas aduanales, impuestos energéticos, impuestos al sobre consumo, impuestos corporativos, impuestos al valor agregado, impuestos en seguro social, impuestos de aeropuerto, impuestos sobre capital ganado, impuestos unitarios, impuestos a la riqueza, impuestos por nacimiento, impuestos por voto, impuestos en gasolina, o cuotas de registro por el Gobierno esta prohibido, así como cualquier recolección obligatoria bajo cualquier nombre.

Para reducir las restricciones en el poder de cobrar impuestos en cualquier manera es necesaria la disolución del Gobierno y el cambio de nombre de el país. La disolución requiere un referendum con un voto del 95%.

Esperamos que sea obvio que las tarifas que se utilizan para restringir el comercio se consideran impuestos y son por lo tanto ilegales.

La razón por la cual se pueden requerir cuotas de usuario por el Sistema de Justicia es para prevenir casos frívolos. La Justicia es un Otorgamiento, si fuera gratis, la gente la usaría mas que servicios por los que tengan que pagar, y la Libertad de la gente, así como la administración eficiente de la justicia misma sufriría.

B. Negocios: Es ilegal que el Gobierno sea propietario, opere, subsidie, done dinero a, asegure, o preste dinero a negocios. Esto incluye la practica de el Gobierno de romper "monopolios" lanzando negocios de la competencia.

Esto incluye la venta de bebidas alcohólicas, loterías, compañías de energía eléctrica, correos, centros de trafico aéreo, compañías educacionales, bibliotecas, oficinas del forense, casas de huérfanos, universidades y organizaciones de caridad.

C. Embajadas: Esta prohibido que el Gobierno mantenga embajadas o denomine embajadores.

No es deseado que el Gobierno se involucre en complicaciones extranjeras ni que el Gobierno pretenda establecer sus leyes en otros países aparte de Oceanía.

Las embajadas de otros países son aceptadas en Oceanía pero sus diplomáticos no tendrán inmunidad diplomática. Aquellos Oceanios que tengan pasaportes de naciones enemigas aun tienen todos los Derechos de Oceanios, incluso en tiempos de guerra, y no pueden ser detenidos o encarcelados. En particular, tienen el Derecho de salir de Oceanía sin preocupación si eligen mantener lealtad a su Gobierno previo.

Para proteger a Oceanios fuera del país, el Gobierno sugiere que los Oceanios se unan a asociaciones privadas cuya meta sea proteger a Oceanios fuera del país.

Una Asociación tiene el Derecho de entrar en guerra con países que no se encuentren en la lista de aliados oficial del Gobierno.

D. Propiedad: Esta prohibido que el Gobierno sea dueño de Propiedad real, es decir, tierra y edificios. La renta por el Gobierno de una propiedad no puede ser mayor de 10 años. El Gobierno tampoco puede poseer o rentar vehículos. Los empleados del Gobierno deben financiar su propio transporte. Empleados del Gobierno deben financiar su propia habitación.

E. Calles: Esta prohibido que el Gobierno sea propietario de calles o vías acuáticas.

F. Bancos: Esta prohibido que el Gobierno acuñe monedas o billetes o que expida timbres. Esta prohibido que el Gobierno pida prestado dinero, aun en tiempos de guerra. El Gobierno no puede asumir deudas de ningún Condado, Localidad, Ciudad, o cualquier otra corporación sea la que sea. El Gobierno no puede ofrecer prestamos.

G. Escuelas: Esta prohibido que el Gobierno de dinero, este a cargo, subsidie, o regule escuelas o universidades. El Permitir esto estaría en conflicto directo con el Derecho a Religión. Escuelas del Gobierno y universidades siempre discriminan contra una o mas religiones. También esta prohibido el crear leyes imponiendo normas educativas o definiendo que es y que no es un programa educativo. Ninguna ley se puede crear diciendo que cantidad de tiempo un estudiante debe de pasar en un programa educacional al año.

H. Seguridad social y Actividades Humanitarias: Esta prohibido que el Gobierno tenga programas benefactores incluyendo programas de Seguro Social o cualquier artificio de redistribución o transferencia, o de dar caridades de cualquier tipo. Esta prohibido que el Gobierno ayude a otros países o que ayude a Oceanios o a otros después de desastres. De igual manera, Esta prohibido que el Gobierno de dinero a, se haga cargo, o subsidie hospitales o cualquier otro programa medico. Esto incluye instituciones para beneficio de los enfermos mentales, sordomudos, ciegos, y cualquier otra institución benefactora que el publico pueda pedir. Esto incluye el ayudar a Personas que, por razones de edad y enfermedad, o de accidentes, puedan tener una petición a la simpatía y ayuda de la sociedad.

La única excepción a esto es que la Corte de Oceanía puede contratar hospitales mentales privados para detener a Personas que hayan sido declaradas culpables de algún crimen pero que obviamente tienen problemas mentales y requieren de mas ayuda que la que se puede proveer en una prisión.

Finalmente, esta prohibido que el Gobierno acepte ayuda de otros países.

En Particular, el Departamento de Guerra jamas debe ser utilizado para actividades humanitarias. Compañías privadas pueden contratar a milicias nacionales en reserva para que den la ayuda humanitaria como sea necesario.

La caridad a punta de pistola no es caridad. Solamente la caridad lograda por donaciones verdaderamente voluntarias es buena y moral.

Los Oceanios no pueden donar dinero a caridades del Gobierno porque existe el peligro de que tales caridades se conviertan en caridades obligatorias a las cuales los Oceanios se vean Forzados a contribuir.

I. Investigación Científica: Esta prohibido que el Gobierno de dinero, este a cargo, o subsidie investigaciones científicas. Esto incluye el dar fondos a investigación militar.

J. Policía: Esta prohibido que el Gobierno de dinero o subsidie policía con la excepción de aquellos que estén al servicio de lugares de Gobierno.

K. Bomberos: Esta prohibido que el Gobierno de dinero o subsidie departamentos de bomberos con la excepción de aquellos que estén al servicio de lugares de Gobierno.

L. Sanidad: Esta prohibido que el Gobierno de dinero o subsidie departamentos de sanidad con la excepción de aquellos que estén al servicio de lugares de Gobierno.

M. Transporte Publico: Esta prohibido que el Gobierno de dinero o subsidie transporte publico.

N. Emigración e Inmigración: Esta prohibido que el Gobierno impida la entrada al país basándose en el lugar de nacimiento, o que de cualquier modo discrimine en contra de Oceanios basándose en su lugar de nacimiento. Por supuesto, Personas que deseen emigrar fuera de Oceanía no podrán ser multadas o penalizadas de ningún modo al salir del país.

O. Seguros: Esta prohibido que el Gobierno asegure industrias. Ejemplos podrían ser el asegurar bancos, fondos de pensión, salude de Oceanios, y prestamos entre individuos.

P. Dominio Eminente: Esta prohibido que el Gobierno se de a si mismo dominio eminente.

Q. Poderes Emergentes: El Derecho a Habeas Corpus no puede ser suspendido bajo ninguna circunstancia. El Gobierno no puede pasar leyes de proscripción, leyes ex post facto, leyes pre facto (leyes declarando que toda acción de una Persona o Entidad es legal) o leyes limitando la obligación de Contratos.

Esto se menciono anteriormente en el Articulo Dos, donde se mostró que el Presidente no tiene el Derecho de declarar un estado de emergencia, pero considerando la historia de Gobiernos hasta la fecha, se detalla otra vez aquí.

La practica de pasar leyes declarando que un oficial u oficina del Gobierno no sea inocente de algún crimen, en retrospectiva o en prospectiva se considera particularmente horrenda.

La violación de cualquier punto en esta sección se considera Traición y debe de ser castigada con la máxima penalidad permitida por la ley.

R. Religión: Esta prohibido que el Gobierno establezca una religión nacional o apoye cualquier religión o de que cualquier manera destruya el Derecho de Religión.

S. Documentos: Esta prohibido que el Gobierno tenga documentos de nacimiento o defunción. Este será el trabajo del sector privado. Considerando la importancia de estos documentos, se sugiere que un individuo tenga copias de tales documentos en mas de una Entidad privada. Es ilegal que el Gobierno lleve censos que pregunten cualquier cosa aparte de el numero de Personas que habiten un lugar, y no puede siquiera obligar a decir esta información.

T. Arte: Esta prohibido que el Gobierno de dinero o subsidie el arte.

U. Prisiones: Las prisiones son parte de el sistema de Cortes y son pagadas y controladas por los Costos de Corte. La Corte de Oceanía puede recolectar donaciones voluntarias y cuotas de usuario cual especificado en el Articulo Dos para su mantenimiento. Esta estrictamente prohibido que cualquier otra agencia del Gobierno cree, se haga cargo o de dinero a prisiones, o de encarcelar o detener a Oceanios. Toda Prisión en Oceanía es privada y las Cortes deben de tener Contratos regulares sobre el espacio de Prisiones que deseen utilizar.

V. Organizaciones Multinacionales: El Gobierno tiene prohibido tener tratados poniéndolo en organizaciones que entren en conflicto con cualquiera de los términos de esta Constitución o las leyes de Oceanía. Cualquier tratado que haga que Oceanía tome parte en una organización internacional será anulado en el momento de que tal organización realice una acción que viole cualquier termino de la Constitución de Oceanía o de las leyes de Oceanía.

W. Rapto: El Gobierno tiene prohibido el raptar Personas en otros países que no estén en la lista de enemigos declarados.

X. Racionamiento: El Gobierno tiene prohibido tomar control de objetos de Oceanios y luego racionarlos. El tener agencias tal como la policía de agua es particularmente detestable.

ARTICULO CUATRO
Seguridad Nacional

Este articulo requiere de un voto del 80% para reducir las restricciones y de un voto del 80% para agregar restricciones. Una vez que Oceanía haya estado en existencia por 20 años o haya reunido una población de 1,000,000 de Personas, este articulo requerirá únicamente de un voto mayoritario para reducir las restricciones.

A. Una Declaración de Guerra puede realizarse de los siguientes tres modos:

El Presidente, el Comandante en Jefe, el Comandante de la Fuerza Aérea y Espacial, el comandante de la Armada, y el Comandante de la Marina pueden declarar la guerra inmediatamente después de un ataque contra Oceanía. Si uno o mas de ellos muere en el ataque, o esta de otro modo incapacitado dentro de los primeros quince minutos, su voto no será necesario.

Un referendum de declaración de guerra puede ser pasado por una mayoría de los Votantes y firmado por el Presidente.

Una referendum de declaración de guerra es pasado por mas de dos terceras partes de los Votantes.

En la primera situación, cualquiera de los cuatro ejecutivos nombrados pueden iniciar ataques defensivos hasta que haya tiempo de una votación. En las situaciones segunda y tercera, la gente que recolecte las firmas necesarias para el referendum, o el Presidente mismo, si el inicia el referendum, pueden demandar que el referendum se lleve a cabo dentro de los siete días de su petición. Si es posible que se lleve a cabo antes, esta Constitución lo permite.

B. Organizaciones Multinacionales: Oceanía puede, por el voto de su gente, volverse país miembro de las Naciones Unidas sin importar las políticas que las Naciones Unidas implementen. Se puede crear un fondo para pagar las cuotas de membresía de las Naciones Unidas. Esto permitirá que Oceanía sea reconocida como un país y de por lo tanto reduce la posibilidad de invasión por Fuerzas opuestas. Por supuesto, Oceanía no puede participar en acciones como miembro que violen esta Constitución.

Las siguientes restricciones a Derechos se hacen en interés de la Seguridad Nacional:

C. El Derecho a la Defensa Propia se restringe al no permitir que los Oceanios posean, produzcan, importen o exporten Armas de destrucción masiva. En el momento en el que se adopto esta Constitución, estas incluyen Armas nucleares, Armas químicas de amplio rango y Armas biológicas. Cualquier otra Arma en existencia en este momento no se considera Arma de destrucción masiva, incluyendo Armas químicas personales tales como gas lacrimógeno.

El Gobierno puede otorgar Licencias dando el Privilegio de trabajar con Armas de destrucción masiva. Por ejemplo, si desea estas Armas para su propio uso o desea venderlas a sus aliados.

D. El Derecho a la Libre Empresa se restringe al no permitir que los Oceanios importen o exporten drogas que alteren la mente de o a naciones donde estas sean ilegales. Se requerirá de una Licencia de Privilegio para importar una droga de este tipo que no sea en este momento producida en Oceanía. Esta Licencia será expedida por el Comandante en jefe de Oceanía.

Por supuesto, esto no se aplica a vitaminas, drogas medicinales u otras sustancias de uso medico.

La fabricación de estas drogas para uso en nuestro país jamas será restringida por el Gobierno. La única razón por esta restricción a la Libre Empresa es que otras naciones utilizan el trafico de drogas como excusa para acciones militares.

E. El Derecho a la Libre Empresa se restringe ademas al no permitir que los Oceanios exporten Armas a naciones u otras Entidades que estén en la lista de Entidades prohibidas de Oceanía.

El Gobierno puede crear diferentes categorías de esta lista para diferentes tipos de Armas prohibidas a diferentes países o Entidades. Es la obligación de el Comandante en Jefe el hacer esta lista, que puede posteriormente ser modificada por referendum.

F. El Derecho a Viajar , la entrada al país puede ser restringida en tiempo de guerra, Viajar en los caminos también puede ser restringido en caso de guerra. El Derecho de salir de Oceanía jamas podrá ser violado.

ARTICULO CINCO
Aborto

Esta Constitución reconoce que el aborto es un conflicto entre los Derechos de la madre y los de un Niño en potencia. Se declaran todos los abortos dentro de los primeros tres meses de gestación sin restricciones. Incluso una Niña embarazada puede pedir un aborto inmediato sin restricciones.

Después de tres meses, el Gobierno puede poner restricciones en el aborto con la excepción de cuando la Vida de la madre este en peligro. Estas restricciones solo pueden introducirse por referendum.

En el caso de óvulos congelados, semen, embriones y fetos, los seres congelados tienen los mismos Derechos cual si no estuvieran congelados, es decir, no pueden ser destruidos si sus equivalentes sin congelar no pueden ser destruidas. Si no hay dinero para mantener a estos tejidos, Entidades privadas pueden continuar pagando o los tejidos serán destruidos. Es necesario que se haga nota publica de la terminación de fondos dos semanas antes de que se discontinúe su mantenimiento.

Un doctor que realice un aborto ilegal pagara una cuarta parte de la penalidad de la madre porque será un cómplice del crimen. Por lo tanto, si la madre ha sido sentenciada a un año de prisión y una multa de 100 gramos de oro, el doctor será sentenciado a tres meses y una multa de 25 gramos de oro. Ninguna de estas penalidades será restada del castigo de la madre.

ARTICULO SEIS
Presupuestos del Gobierno

Para alentar donaciones, todas las agencias publicarán una lista de donadores y la cantidad de las donaciones por lo menos una vez al año. Por supuesto, los donantes pueden pedir que la cantidad de sus donaciones o sus nombres se mantengan confidenciales. Las Agencias también pueden expedir recibos que el donante se pueda quedar.

Los siguientes presupuestos existirán y los Oceanios pueden elegir a cuales de ellos desean donar. Transferir fondos entre estos presupuestos excepto como se especifica es Fraude contra el pueble, es decir, Traición.

El Presupuesto Ejecutivo (un fondo general para el Presidente, Vicepresidente y sus empleados).

El Presupuesto del Departamento de Guerra (un fondo general para esta agencia que a su vez da participación a las tres agencias que la forman aparte de si misma)

El Presupuesto de la Fuerza Aérea y Espacial.

El Presupuesto de la Armada.

El Presupuesto de la Marina.

El Presupuesto de el Departamento Anti-Ley.

Los siguientes presupuestos serán pagados principalmente por cuotas de uso dadas por el perdedor en decisiones de Corte.

El Presupuesto de la Suprema Corte es un fondo especifico para esta agencia y para los costos de prisión, centro de detención juvenil y hospitales mentales a nivel de la Suprema Corte. Los costos de mantener jurados, jueces, secretarios, etc., están incluidos en este presupuesto.

El Presupuesto de las Cortes de Condado tiene un fondo especifico para cada Corte de Condado y para los costos de prisión, centro de detención juvenil y hospitales mentales a nivel del Condado. Los costos de mantener jurados, jueces, secretarios, etc., están incluidos en este presupuesto.

El Presupuesto de las Cortes locales tiene un fondo especifico para cada Corte local y para los costos de prisión, centro de detención juvenil y hospitales mentales a nivel de Localidad. Los costos de mantener jurados, jueces, secretarios, etc., están incluidos en este presupuesto.

El Presupuesto de Gran Jurados Locales tienen fondos específicos para cada jurado local.

Todas estas agencias pueden crear presupuestos subsidiarios para proyectos específicos. Cualquier dinero que sobre en el presupuesto de un proyecto cancelado debe ser regresado. Las donaciones anónimas que queden pueden ser mantenidas por la agencia que haya creado el proyecto inicialmente.

ARTICULO SIETE
Desarrollos Habitacionales

A través de la historia, los Gobiernos han impuesto monopolios dañinos a sus ciudadanos al decidir cual monopolio "natural" será usado por los residentes de una comunidad particular. Este articulo existe para terminar la habilidad de los Gobiernos de hacer esto.

Un Desarrollo Habitacional es la unidad mas pequeña de Gobierno en Oceanía. Se recomienda que inversionistas creen un Desarrollo Habitacional, haciendo cumplir sus reglas por medio de restricciones en el titulo de propiedad, convenios privados con los vecinos, u otros medios privados, para manejar la infraestructura de el área. Un Desarrollo Habitacional puede poner reglas de zonas, reglamentos de construcción, normas de vestimenta, y cualquier otra restricción. Puede cobrar cuotas de policía, bomberos, elección, sanidad, y otros servicios. Puede proveer infraestructura tal como agua (incluyendo el tratamiento y fluoración de esta), cañerías, y otros servicios. Puede proveer televisión, control de pinturas en las paredes, control de animales, seguro contra desastres, carreteras y vías de ferrocarril. Puede proveer facilidades de la comunidad tales como albercas, campos de golf, e instalaciones deportivas.

Cualquier servicio que el Desarrollo Habitacional no provea y que no este prohibido por la ley será la responsabilidad de los individuos que deseen el servicio.

A aquellos residentes que se cambien a tierra que sea parte de un Desarrollo Habitacional, y compradores de tal tierra se les debe de enseñar las restricciones del titulo de propiedad y otros reglamentos del Desarrollo Habitacional antes de que hagan su decisión de compra. Una falla de el vendedor de mencionar estas restricciones constituye Fraude.

Mientras que todo lo mencionado es cuestión de Contrato y consentimiento mútuo, la razón por la que un Desarrollo Habitacional se considera parte de el Gobierno es que los Niños que hayan nacido en el están sujetos a sus reglamentos sin su consentimiento. Cuando esos Niños sean Adultos, siguen estando sujetos al reglamento de el Desarrollo Habitacional (pero por supuesto, están libres de irse a otro lado a vivir).

Si un Desarrollo Habitacional crece a tener mas de 5,000 Personas, debe de ser dividido en otros mas pequeños dentro de un año de que esto suceda. Pensamos que una Persona que viva en un Desarrollo Habitacional mas grande tendría demasiada poca influencia en su Gobierno. Nada impide que dos Desarrollos Habitacionales tengan las mismas leyes, recursos y de que se comporten como uno solo. La restricción simplemente asegura que no tomaría tantas personas el separarse de tal unión que se vuelva esto una imposibilidad. También se recomienda fuertemente que los Contratos de servicio mencionados no duren mas de diez años para que los residentes tengan mayor control de su infraestructura.

ARTICULO OCHO
Secesión, Adición, Reorganización

Un Condado o Gobierno local puede separarse de Oceanía con un voto mayor al 66% en favor de esta secesión.

Secesión significa el separarse de un Gobierno de Condado, un Gobierno local, o de el Gobierno nacional, o cualquier combinación de estos tres niveles de Gobierno.

Un voto de mayoría se requiere para agregar tierra a Oceanía. Este voto es necesario tanto para las Personas que desean unirse como para las Personas de Oceanía. Crear tierra dentro de los limites territoriales de las doce millas de territorio controladas por el Gobierno no requiere un voto.

Un Condado o Gobierno Local puede ser reorganizado en dos o mas territorios con un voto mayor al 66%. Si mas de un Condado o Gobierno local esta involucrado en la reorganización porque el nuevo territorio cruza las fronteras de mas de un Condado o área local, entonces se requiere una votación en todos los Condados o áreas relevantes. Cada Condado y/o área local necesitaría un voto mayor al 66%.

ARTICULO NUEVE
Enmiendas

Esta Constitución puede ser modificada por un voto mayor al 80% excepto donde se indique en esta Constitución lo contrario.

ARTICULO DIEZ
Símbolos

Los símbolos y la observación de estos son, por supuesto, una cuestión de expresión personal. Los Oceanios son libres de celebrar como deseen, de utilizar, no utilizar o tratar banderas como deseen, y de expresarse a si mismos libremente. El nombre de Oceanía, su bandera y pasaportes servirán para identificar a Oceanía ante otras naciones de el mundo, pero los Oceanios pueden o no utilizarlos según prefieran.

A. La Bandera de Oceanía tiene un fondo de dos colores: azul obscuro en la parte superior izquierda, y verde agua en la parte inferior derecha. Los dos colores se juntan en una superficie curva. Dos delfines blancos crean un circulo en la parte superior derecha, con la cabeza del delfín izquierdo viendo hacia arriba y la del otro hacia abajo.

B. El cuatro de julio, el Día de Independencia de nuestro país, es una fiesta nacional. Fuegos artificiales, que son legales en Oceanía pueden ser usados para celebrarlo.

C. El Juramento de Oceanía es el siguiente:

Yo, ______, juro solemnemente que apoyare, protegeré, y defenderé la Constitución de Oceanía, contra todos sus enemigos, ya sean internos o externos. No creo en la iniciación de Fuerza o Fraude contra nuestro pueblo por el Gobierno o por otros. Como el pacifico delfín, Creo que tales acciones deben de ser utilizadas solo en defensa. Estoy en desacuerdo con Gobiernos que imitan al tiburón y utilizan Fuerza y Fraude para extraer riqueza de sus ciudadanos. Ademas, realizare bien y con honestidad todas las obligaciones de el cargo de [o la oficina de] _______, en la cual estoy a punto de participar bajo juramento.

[] puede ser reemplazado con [un testigo] u otras obligaciones como se requiera.

Los Oficiales elegidos de Oceanía deben de jurar o afirmar el respetar la Constitución, pero se recomienda que tomen el juramento completo.

ARTICULO ONCE
Sugerencias

Las siguientes sugerencias no tienen Fuerza de ley:

A. Agregar Tierra a Oceanía: Se recomienda que al agregar tierra a Oceanía, se done un 10% de el valor de la propiedad al Departamento de Guerra. Esto ayudara a el Gobierno a defender esa tierra.

B. Exámenes de Drogas: Se sugiere que en vez de examinar a alguien por la utilización de drogas, a una Persona se le examine mediante actividades físicas o mentales para ver si es capaz de realizar su trabajo.

C. Especies en Vías de Extinción: El mejor medio de proteger una especie en vías de extinción es que grupos privados compren la tierra donde vivan esas especies.

D. Animales como Demandantes: Puesto que el Gobierno no puede funcionar como Demandante excepto en casos de Traición, se sugiere que los grupos de protección a animales funcionen como Demandantes en casos de esta naturaleza.

E. Fuerzas Armadas: Se sugiere que las Fuerzas armadas realicen practicas competitivas en juegos de habilidad. Deberían de haber equipos de fútbol, boxeo y ajedrez. Deberían de tener la oportunidad de probarse a si mismos en otras áreas aparte de el campo de batalla para volverse autosuficientes.

F. Departamentos de Policía y Bomberos: Se sugiere que para ahorrar en fondos y personal se combinen las funciones de Policía y Bomberos.

[1] La traducción de este texto la he tratado de mantener lo mas fiel posible al documento original, buscando remarcar el mismo espíritu. La traducción la realice tratando primero ser literal, luego buscando el mismo sentido y finalmente cuidando el estilo, probablemente esto hace una lectura mas difícil, pero también mas apegada al documento original. Es importante entender que el documento original es en ingles y para su correcta interpretación debe ser leído en ese idioma, cualquier discordancia con el documento en ingles es mi responsabilidad. De ninguna manera debe de tomarse esta traducción como una traducción perfecta al texto explícito de los autores. (N del T)

[2]En el texto en ingles se remarca aquí la convención de utilizar pronombres de genero neutro para aclarar que en el texto se incluye a todas las personas que aman la libertad sin importar sexo, raza ni creencias; en el español el genero se marca en la ultima letra de una palabra, y el uso de o/a al final (como en Niño/a) hace una lectura tediosa y difícil de entender. Esta nota pretende remarcar este espíritu. Siempre que se utilicen palabras de este tipo, hay que entender que se refiere a ambos géneros. (N del T)

[3]"Civil forfeiture" o "Reversion back" en el original. (N. del T.)